Entre derechas te veas
Tomados de La Jornada, El Fisgón, Helguera y Rocha y El Universal, Carreño, Omar y Helioflores.
Al parecer en unos días el mundo se puso al revés y los que antes defendían una postura ahora se pasaron al bando contrario y la critican, los que usaron hasta el cansancio adjetivos hirientes ahora fingen demencia y retan a que se los prueben.
El ahora senador Santiago Creel Miranda –quien regaló a Televisa y otros más permisos para casas de apuestas a fin de que apoyara su candidatura a la presidencia de la república- se declaró contrario a la ley Televisa y bravucón –como es- dijo que si la Suprema Corte no la modifica el Senado lo hará. "Una ley que se aprueba de la manera como ésta se llevó a cabo, en medio de una elección, prácticamente sometiendo a los candidatos y los partidos a su aprobación, en medio de una negociación de espacios publicitarios, no es la manera para aprobar una ley", sentenció.
Poca memoria tiene el ahora "legislador", cuando el año pasado el 25 de mayo, seis días antes de dejar en puesto de Secretario de Gobernación, quien después sería precandidato panista a la presidencia de la república autorizó al grupo Televisa la operación de 65 casas de juego en 29 estados del país.
Tal actitud –a todas luces deshonesta, pues buscaba tener ventajas sobre los otros contendientes a la candidatura dentro del PAN- fue denunciada por todos los actores políticos. La defensa de Creel de Televisa fue a rajatabla, tal como ahora lo hace en contra de la propia televisora. ¿A quién creerle, al Creel de 2006 o al de 2007? El personaje es el mismo, nada más que ya cambió de piel, justo para acomodarse a los nuevos tiempos.
Otros que continúan con esta tradición camaleónica son el cardenal Norberto Rivera Carrera y su vocero o escudero –como el mismo se autonombró en una entrevista con Proceso- el sacerdote Hugo Valdemar.
Rivera Carrera aseguró que él nunca llamó a desobedecer la recién aprobada ley sobre el aborto y retó a que "quien así lo afirme tiene que probarlo". Luego de reunirse con los testaferros del usurpador Felipe Calderón Hinojosa, Germán Martínez –puntero en la guerra sucia contra Andrés Manuel López Obrador- y Francisco Ramírez Acuña –represor en el estado de Jalisco-, salió como blanca paloma a mentir sobre sus propias palabras.
Y es que el pasado 30 de abril el cardenal Norberto Rivera llamó a no acatar la ley sobre el aborto, pues señaló en un comunicado que: "recordamos que toda persona que preste alguna ayuda a la realización de este execrable asesinato será moralmente responsable del mismo", por ello dijo "los médicos, a las enfermeras, a los asistentes de la salud y a todos aquellos que por la aplicación de esta ley inicua podrían verse involucrados en su realización, que pueden hacer valer su derecho humano a la objeción de conciencia".
El documento –que dice Rivera Carrera es falso- fue leído por el obispo auxiliar Marcelino Hernández, ya que Rivera Carrera se encontraba en el Vaticano. ¿A cuál de los dos sacerdotes creerle? ¿A ninguno?
El caso del sacerdote Hugo Valdemar, todavía es más tenebroso. Pues ha usado todo su repertorio, su artillería, para intentar silenciar a quien no piensa como él y su grupo en el poder. Cuando Norberto Rivera fue acusado de proteger al también sacerdote Nicolás Aguilar, el vocero Valdemar salió al ruedo con una serie de descalificaciones contra las víctimas, los abogados de las mismas y los periodistas que cubrieron el caso, nada más le faltó excomulgarlos y mandarlos al infierno. Sin que su profesión le sirviera para meditar antes de vomitar las descalificaciones, cuestionó la validez de las declaraciones de todos, pero principalmente de las víctimas del pederasta Nicolás Aguilar.
Cuando ya no hubo manera de ocultarlo, se fue contra los medios de comunicación y los pocos reporteros que continuaron cubriendo el proceso judicial, apenas iniciado hace unas semanas. Invocó un "fuero" que no existe para decir que antes de que el cardenal pisara una corte en Estados Unidos tendrían que pasar por las leyes mexicanas, por lo que dudaba que ello se llevara a cabo. Sin embargo, esto ya ocurrió. No de manera física, pero sí a través de costosos abogados que lo representan ante un juzgado de Los Angeles, California.
Pero el episodio que vendría a descarrilar y a desvelar la verdadera personalidad del escudero-vocero de Rivera Carrera, fue la guerra en los medios de comunicación contra la ley que despenalizó el aborto en el Distrito Federal en las primeras 12 semanas de embarazo. Y es que aquí el sacerdote Valdemar si pudo proferir su palabra preferida: excomunión y con ella a flor de labios arremetió contra uno de los tres poderes de gobierno de la Ciudad de México. Aquellos que se decían respetuosos de las leyes mexicanas y del Estado de derecho, amagaron con destruirlo. Como no les fue posible, dada la raquítica capacidad de convocatoria, se conformaron en un principio con mandar a todos los que intervinieron en la aprobación de la ley al infierno, es decir la excomunión.
El 29 de abril Valdemar calificó al jefe del Gobierno Marcelo Ebrard de "dictadorzuelo" e ignorante de sus propias leyes por señalar que los médicos están obligados a practicar los abortos sin recurrir a la objeción de conciencia. No conforme aseguró en un comunicado que "ya puso en peligro mortal su alma y salvación eterna al firmar la aprobación de una ley criminal", pues al igual que los legisladores que impulsaron la ley, el mandatario local también quedó excomulgado.
Ahora a sólo unos días de su terrorismo verbal, asegura que no dijo lo que dijo, ni excomulgó a nadie, ni nadie arderá en el infierno por aprobar dicha ley. Bueno, hasta pidió disculpas –al menos eso dice- a Marcelo Ebrard. Lo que si fue cierto es que el Vaticano señaló que sólo podría ser excomulgada aquella persona que practique el aborto, no quien haga la ley o la publique, pero para Valdemar, todos estaban excomulgados en "automático", así lo dijo. ¿Qué podemos esperar, si ellos son los que dirigen la Iglesia católica en México? ¿En manos de quién está la guía espiritual católica? ¿Se trata acaso de fanáticos religiosos, o es una norma dentro de la alta jerarquía católica? Saquen sus propias conclusiones.
El siguiente es una análisis tomado de la revista Proceso.
Acceso a la información electoral, ¿cosa juzgada?
racial garrido maldonado*
México, D.F., 3 de mayo (apro).- El pasado 25 de abril, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), resolvió por unanimidad revocar la decisión de la Comisión del Consejo para la Transparencia y el Acceso a la Información del Instituto Federal Electoral (IFE), debido a que se negaba a los ciudadanos José Daniel Lizárraga Méndez y Delia Angélica Ortiz Trujillo, el derecho de acceso a las boletas electorales que se utilizaron en la elección presidencial de 2006.
Si bien la sentencia del TEPJF deja sin efecto la decisión del IFE, lo hace con la única finalidad de que éste organismo dicte otra resolución, en la que reitere la negativa de acceso a los paquetes, pero ahora con base en los argumentos que dicho tribunal estimó conducentes. Para el TEPJF, se trató de una cuestión de matices, de retórica en sentido amplio.
En principio, debe decirse que no se trataba, desde el punto de vista de la técnica procesal, de una revocación, sino de una modificación, puesto que el sentido de la resolución que emitió el IFE sigue siendo el mismo: negar el acceso a las boletas electorales de la elección presidencial a todo ciudadano interesado. En efecto, la sentencia del TEPJF se concretó a cambiar los argumentos que tomó en cuenta el IFE para negar el derecho de acceso a la información solicitado por los dos reporteros. De esta manera, al haber centrado su atención en los motivos de la negativa, el TEPJF dejó de lado el estudio de aspectos que probablemente lo hubieran llevado a otras conclusiones. Todo parece indicar que el TEPJF primero encontró la solución y luego buscó los argumentos para justificarla. Mal augurio para la justicia electoral.
Llama la atención, por ejemplo, que en la sentencia no se analiza cuál es el derecho político-electoral que se dice violado. El TEPJF aceptó tácitamente que lo hay, pero sin dar mayor explicación, y tal vez lo aceptó sólo porque los reporteros, al promover su inconformidad, eligieron el juicio para la protección de los derechos políticos, aunque nunca hayan especificado cuál era éste. Así, sin un análisis exhaustivo, el TEPJF encauza el estudio del caso en el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, excluyendo así las vías previstas por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Incluso, el propio TEPJF amonesta al IFE por haber tramitado en vía de revisión la inconformidad que presentó uno de los interesados, no obstante que ese trámite se hizo de acuerdo con las reglas que establece la propia ley.
Cabe recodar que, según los precedentes establecidos por el TEPJF, los derechos político-electorales del ciudadano son, por antonomasia, el derecho a votar, a ser votado y a asociarse libremente con fines político. Sin embargo, el propio TEPJF ha reconocido la existencia de otros, como el derecho a la información, siempre que esté relacionado con el ejercicio de los derechos anteriormente citados; es decir, que sólo puede impugnarse la afectación del derecho a la información cuando éste repercute en el ejercicio del derecho a votar, a ser votado o a asociarse con fines políticos.
Desde esta perspectiva, es claro que la información solicitada por los ciudadanos interesados en el acceso a los paquetes y boletas electorales, está disociada de cualquiera de estos derechos políticos. De ahí que el órgano competente para resolver la inconformidad de los reporteros, era el Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI), según lo establece el artículo 49 de la LFTAIPG. Los propios magistrados del TEPJF reconocen en la sentencia (pág. 51) que el derecho que ejercieron Daniel Lizárraga y Angélica Ortiz es para solicitar se les permitiera el acceso a las boletas electorales empleadas en el proceso electoral, fincando su petición en el derecho de acceso a la información pública gubernamental. El propio TEPJF resolvió el juicio con base en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, asumiendo una función que, de ordinario, corresponde al IFAI. En suma, si las boletas electorales son o no documentos disponibles para los ciudadanos, era una cuestión que tocaba resolver al IFAI y no al TEPJF.
La sentencia del TEPJF no puede verse sino como un mecanismo para colocar a éste fuera de la órbita competencial del IFAI, creando así una zona de impunidad. Sin embargo, la posibilidad de impugnar la sentencia del TEPJF y la resolución que dicte el IFE, está latente a la luz de la LFTAIPG, ya que, desde el punto de vista material, se trata de resoluciones que niegan el acceso a documentos que contienen información.
Todo dependerá del entusiasmo para continuar la lucha por la transparencia, pero también del compromiso con la justicia y el derecho a la información que tengan los consejeros del IFAI.
*Exmagistrado del Tribunal Electoral del Distrito Federal
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