Zedillo: de la inmunidad a la impunidad*
J. Jesús Esquivel
JusticiaLa matanza de Acteal, ocurrida hace 15 años, sigue
siendo una herida abierta. Los familiares de los 45 tzotziles asesinados no
han dejado de buscar justicia. Y esa justicia –concuerdan defensores de los
derechos humanos– debe alcanzar a Ernesto Zedillo. Pero el gobierno
calderonista trató de salvarlo ahora que el exmandatario priista goza de su
estatus de académico en una prestigiada universidad de Estados Unidos y, con
trampas, le pidió a Washington que lo protegiera con un manto de inmunidad… o de
impunidad.
WASHINGTON.- El equipo de abogados que representa en Estados
Unidos a los familiares de las víctimas de la matanza de Acteal exigió a la
Corte Federal de Connecticut desechar la recomendación de inmunidad para
Ernesto Zedillo, pues asegura que el gobierno de Barack Obama fue engañado para
proponer esa excepción judicial al expresidente mexicano.
“Toda la evidencia indica que el Departamento de Estado fue
grotescamente engañado en la petición de inmunidad y que carece de la
información para sustentar su propuesta”, sostienen los abogados defensores en
un documento presentado el viernes 7 ante la Corte Federal de Connecticut.
“A la luz de esta nueva evidencia (…) los demandantes
solicitan a esta Corte: Mantener los procedimientos de la demanda civil (contra
Zedillo) hasta que se conozca el decreto final de la solicitud de amparo en las
cortes mexicanas; solicitar al Departamento de Estado que revise su sugerencia
de inmunidad con base en la determinación que tome la corte mexicana; y
declarar en este momento que Zedillo no es inmune a esta demanda porque (…) la
inmunidad le es negada según la Constitución de México”, destaca el documento
de 10 páginas.
El texto –firmado por los abogados Matthew D. Gordon, Roger
S. Kobert y Marc C. Pugliese– acusa al todavía embajador de México en Estados
Unidos, Arturo Sarukhán; al exsubsecretario de Relaciones Exteriores Julián
Ventura y en general a la cancillería de la administración calderonista de
haber engañado al gobierno estadunidense respecto a la supuesta protección que
otorga la Constitución de México a los expresidentes del país.
“Zedillo fracasa en su intento de cambiar estas simples
verdades: Que la Constitución mexicana de 1917 niega la inmunidad para
cualquier presidente, incluido Zedillo, una vez que concluya su mandato; que
una Corte Federal en México ha suspendido la tramposa petición de inmunidad
para Zedillo hecha por el embajador mexicano (Sarukhán); y que nuestras cortes
federales nunca adoptan automáticamente lo que argumenta el Departamento de
Estado”, dice el documento entregado por los abogados estadunidenses y del que
Proceso tiene copia.
El equipo legal también entregó copia de la demanda de
amparo (contra el pedido de inmunidad) que se presentó el 22 de octubre de 2012
ante el Juzgado Decimosexto en Materia Administrativa en el Distrito Federal.
Las trampas de Sarukhán
Al cumplirse este 22 de diciembre 15 años de la matanza de
45 tzotziles en la población de Acteal, municipio de Chenalhó, Chiapas, los
abogados de los familiares de las víctimas indican que el gobierno de Obama, de
forma irresponsable y con sustento en los dichos de Sarukhán, Ventura y del
gobierno de Calderón, el pasado 7 de septiembre recomendó a la Corte Federal de
Connecticut otorgar inmunidad a Zedillo y desechar la demanda de la que es
sujeto.
Numerosas investigaciones independientes, tesis académicas e
incluso informes de organismos de derechos humanos han concluido unánimemente
que la matanza de Acteal fue un crimen de Estado.
Gordon, Kobert y Pugliese le aclaran a la corte en
Connecticut que en la “nota diplomática 07654” que Sarukhán envió al
Departamento de Estado, el 4 de noviembre de 2011, el diplomático ocultó a
Washington las limitaciones constitucionales mexicanas sobre la inmunidad de
los expresidentes.
Los tres abogados le explican a la Corte que Zedillo ha
guardado silencio ante la demanda de amparo que las víctimas de Acteal
presentaron en México para solicitar la nulidad de la inmunidad diplomática.
“Con su silencio Zedillo concede que la Constitución
mexicana claramente rechaza su inmunidad”, puntualizan los abogados.
Respecto a la recomendación que hizo el Departamento de
Estado para otorgarle inmunidad a Zedillo y con ello anular la demanda civil
–por violación a los derechos humanos– que en su contra presentaron las
víctimas de Acteal en Connecticut, el documento destaca que este privilegio
diplomático antes de ser emitido debe ser analizado minuciosamente para tener
la garantía de que se sustenta en los decretos constitucionales del país extranjero
al que pertenece el potencial beneficiado.
Los abogados le hacen notar a la Corte que la Constitución
mexicana en sus artículos 108 y 111 establece que el presidente de la
República goza de inmunidad durante su mandato, excepto en caso de que traicione
“a la patria” o cometa crímenes graves.
Esta determinación constitucional se publicó en el Diario
Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917. Respaldados en el contenido
del artículo 111, Gordon, Kobert y Pugliese insisten ante la Corte que “la Constitución
mexicana guarda un perfecto silencio sobre el derecho de inmunidad para un
presidente al concluir su mandato bajo la interpretación jurídica expressio
unius est exclusio alterius (expresar una cosa implica excluir las otras)”.
La defensa de las víctimas de Acteal sostiene, que por
“respeto a la soberanía” mexicana, el Departamento de Estado debería acatar las
recomendaciones que en el pasado se han hecho ante las cortes federales de
Estados Unidos para el caso de emisión de inmunidad diplomática a extranjeros.
Como compromiso de los acuerdos internacionales –insisten
los abogados–, el Departamento de Estado debe cumplir con la doctrina
diplomática de respeto mutuo y cortesía para con los decretos constitucionales
de naciones soberanas a los que no debería contradecir, porque esto podría ser
interpretado como una intromisión.
Por encima de los argumentos internacionales y diplomáticos
que se han presentado ante la Corte de Connecticut, los tres abogados reconocen
una prerrogativa de Obama:
“Generalmente las cortes federales se muestran reacias a
intervenir en asuntos de política exterior que le competen a la autoridad del
Poder Ejecutivo. Pero aun cuando el contexto es menos obligatorio, como en este
caso cuando se ha perpetrado un fraude –por parte de Sarukhán– al Departamento
de Estado y a esta Corte, nuestras cortes pueden considerar secretos de Estado
e incluso reexaminar juicios hechos sobre el contexto de asuntos extranjeros.”
Ahondando en el caso del juicio de amparo en México, el
documento le hace notar a la Corte de Connecticut que Zedillo en su defensa
argumenta que cuando hizo la sugerencia de favorecerlo, el Departamento de
Estado “tenía en la mano” la información de la inconstitucionalidad del pedido
de inmunidad hecho por Sarukhán. “El Departamento de Estado no rechaza, ni
siquiera menciona haber considerado esta información, por lo cual no tiene
fundamento la especulación contraria que hace Zedillo”, asienta la defensa.
De lo que sostiene el expresidente mexicano acusado en la demanda
civil en Connecticut, los tres abogados añaden que Zedillo también ignora una
distinción importante y crucial entre lo que significa “presidente y
expresidente”.
Por ello le recuerdan a la Corte que el sistema judicial de
Estados Unidos, aun cuando en el pasado haya otorgado inmunidad diplomática a
extranjeros, esto ya no se aplica para el caso de ciudadanos que han dejado de
ser jefes de Estado o de gobierno.
“Es más”, acotan en el documento los abogados, “Zedillo no
ha podido citar un solo caso que involucre un fraude perpetrado sobre el
Departamento de Estado y, consecuentemente a una Corte Federal de Distrito por
medio de violaciones a la constitución de una nación soberana”.
Por otro lado, el argumento legal contra Zedillo le recuerda
a la Corte de Connecticut que en el sistema judicial de Estados Unidos se ha
reconocido que la posición de un Estado extranjero sobre el tema de la
inmunidad para con uno de sus ciudadanos es incluso superior a la opinión del
Departamento de Estado.
“Como mínimo esta Corte debería seguir actuando con
prudencia… En caso de que el sistema judicial mexicano afirmara la negativa de
inmunidad en la demanda de amparo, esta Corte podría referir este asunto
nuevamente al Departamento de Estado para cualquier reconsideración sobre su
actual sugerencia o decidir sua sponte si la inmunidad se rechaza en
concordancia con la decisión judicial mexicana”, concluye el documento de la
defens
*Tomado de la revista Proceso.
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