La simulación*
Tomados de La Jornada, Hernández, Helguera y Rocha y El Universal, Helioflires y Naranjo.
Jorge Carrasco Araizaga
Enraizado por décadas como uno de los grandes males de la
nación, el desperdicio de las oportunidades que ofrece el andamiaje judicial
mexicano volvió a manifestarse en un momento que exigía haber puesto a la
Constitución como el referente más alto del interés público. Con su fallo
cómodo y legalista y, lo peor, plegado a los intereses del círculo en el poder,
los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que
calificaron la elección presidencial del 1 de julio pasado prefirieron ser
jueces de barandilla y renunciar a la prerrogativa de investigar a fondo los
delitos denunciados por el Movimiento Progresista –como la compra masiva del
voto a favor de Enrique Peña Nieto, la
triangulación de recursos de procedencia dudosa para financiar su campaña y el
favoritismo evidente en las pantallas de Televisa–. Desdeñaron, además, cumplir
su función primordial: ser garantes, como miembros de un tribunal de plena
jurisdicción, del cumplimiento cabal de la Constitución mexicana.
El PRI regresará a Los Pinos de la mano del Tribunal
Electoral. Los magistrados electorales renunciaron a sus facultades
constitucionales y reducidos a sí mismos a la condición de jueces de legalidad
validaron el triunfo de Enrique Peña Nieto en medio de las acusaciones de
financiamiento irregular, rebase de topes de campaña y construcción mediática
de su candidatura.
Con su aval a un proceso electoral que repitió la
inconformidad de 2006, los siete integrantes de la Sala Superior del Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) quedaron aún más en
entredicho que sus antecesores, los que le dieron el triunfo a Felipe Calderón.
De nueva cuenta los principios constitucionales de
elecciones libres y auténticas fueron desestimados por el árbitro electoral, y
tras negar el juicio de invalidez de la elección promovido por el Movimiento
Progresista que postuló a Andrés Manuel López Obrador, los magistrados hicieron
de la calificación de la elección un mero trámite.
Fue una simulación la que hicieron los magistrados de la
Sala Superior. Pero esta vez la falta fue mayor pues renunciaron a la facultad
constitucional que les dio la reforma de 2007 para investigar e invalidar
normas que atentan contra los principios constitucionales de elecciones libres,
auténticas y equitativas, aseguran expertos en derecho constitucional y
electoral.
El presidente del TEPJF, Alejandro Luna Ramos, levantó la
sesión del viernes 31 de agosto a las dos de la tarde tras despachar en apenas
hora y media la resolución de cómputo final, validez de la elección y
declaración de Peña Nieto como presidente electo. Los magistrados establecieron
la “verdad histórica”: Peña Nieto ganó con 19 millones 158 mil 592 votos,
contra 15 millones 848 mil 827 de López Obrador.
Los magistrados tenían prisa. Sólo se dieron tiempo para
comer y estar listos, en punto de las cinco de la tarde, para entregarle la
constancia de mayoría a quien le devolverá al PRI la Presidencia de la
República.
Horas antes, la tarde del jueves 30, habían sido implacables
con los argumentos de la coalición que pidió invalidar la elección. Le dijeron
no a todo. Ni una coma le admitieron. La gracia fue para el PRI y su candidato,
a los que limpiaron de toda responsabilidad electoral en las irregularidades
denunciadas por López Obrador y los partidos que lo postularon, por segunda
vez, a la Presidencia de la República: PRD, PT y Movimiento Ciudadano.
Entre la negativa a invalidar la elección presidencial y la
declaratoria de Peña Nieto como presidente electo, Luna Ramos se la pasó en
alabanzas a ese órgano jurisdiccional porque con sus resoluciones, “basadas
exclusivamente en el derecho y en el material probatorio aportado por las
partes, se garantizó en cada una de las etapas del proceso electoral la
observancia de los principios de legalidad, imparcialidad, objetividad,
independencia y certeza” previstos en la Constitución.
Lo que omitió en su discurso fue su facultad constitucional
de tribunal pleno. No la mencionó porque los magistrados no la ejercieron.
Renunciaron a ella y así evitaron investigar las denuncias contra el PRI y Peña
Nieto por los actos anticipados de campaña, la utilización de las encuestas
como propaganda, el rebase de topes, el uso de recursos no aclarados y la
hechura de su candidatura desde los grandes medios, principalmente Televisa.
La televisora puso el guión hasta el último momento. Todavía
no había información oficial sobre el día en que el TEPJF resolvería el juicio
de inconformidad 359/2012 promovido por el Movimiento Progresista, cuando el
conductor del noticiario estelar de esa empresa, Joaquín López Dóriga, informó
el lunes 27 de agosto que la entrega de constancia de mayoría a Peña Nieto se
esperaba para el viernes 31. Y así fue. La televisora también adelantó que el
priista daría un discurso, tal y como ocurrió.
Fue el mismo día del juicio, el 30 de agosto, cuando el
tribunal anunció que resolvería la impugnación. Durante más de cinco horas los
magistrados se dedicaron a desechar las acusaciones contra el PRI y su
candidato porque los argumentos de la coalición opositora fueron “vagos,
imprecisos y genéricos”. Y peor aún, porque fue “incapaz de aportar pruebas
fehacientes”.
En su resolución, adoptada por unanimidad, los magistrados
establecieron que a pesar de que los casos de las tarjetas del banco Monex y de
la tienda departamental Soriana fueron “emblemáticos” de la impugnación, “no se
pudo demostrar que hayan sido utilizados para la compra y coacción del voto”.
Más bien el PRI “estableció un mecanismo de disponibilidad
inmediata de recursos monetarios mediante las referidas tarjetas para ser
utilizados por las personas que el partido indicara”.
No hubo tampoco un sistema de financiamiento paralelo, dijo
categórica la ministra María del Carmen Alanís, quien en abril del año pasado
se reunió en su casa con enviados de Peña Nieto en víspera de la solución de un
juicio en el que se le acusaba de haber difundido de manera ilegal su imagen a
nivel nacional. El entonces aspirante presidencial fue exonerado sin que la
magistrada se excusara de votar en el juicio a pesar de que aquél encuentro ya
se había hecho público. El resto de sus compañeros la arroparon, pero le costó
la presidencial del tribunal.
“Precipitación torpe”
Para el TEPJF el uso propagandístico de las encuestas no se
demostró, lo que hubo fue ejercicio de la libertad de expresión. El rebase en
el gasto de campaña tampoco, pues hasta enero de 2013 los partidos políticos
darán a conocer sus gastos totales. No hubo desvíos de recursos públicos, sólo
contratos firmados por gobiernos priistas con Soriana o con el partido para
beneficiar a sus militantes. Y las más de 5 mil tarjetas adicionadas en la
demanda sólo demuestran la existencia de las mismas, pero no la compra del
voto.
Con ese tipo de argumentaciones, aderezadas por la
declaración anticipada de presidente electo de Peña Nieto por el magistrado
Salvador Olimpo Nava Gomar, cada uno de los magistrados fue desechando las
pretensiones de la demanda. La coalición no demostró nada, concluyeron.
En menos de 24 horas, sin hacer una evaluación de todo el
proceso electoral, declararon presidente electo a Peña Nieto, le entregaron la
constancia de mayoría y se sentaron a escuchar el discurso que el priista dio
ante los representantes de los poderes Ejecutivo y Legislativo, en un acto
anticipado de jefe de Estado. Sólo faltó el Himno Nacional.
“Todo esto es una precipitación torpe. Ni siquiera se
guardaron los tiempos. Después de resolver el juicio de impugnación los
magistrados tenían que hacer el cómputo de la elección corrigiendo las actas,
luego la calificación de la elección, independientemente de las pruebas
aportadas por las partes”, afirma en entrevista el litigante y doctor en
derecho Javier Quijano Baz.
De acuerdo con el artículo 99 de la Constitución tenían que
actuar ya no con funciones de tribunal jurisdiccional, sino de órgano de máximo
rango sui géneris. Ya no era un asunto contencioso, sino de evaluación
constitucional autónoma, añade quien fue el abogado de López Obrador en el
juicio de desafuero de 2005.
“Aun cuando la diferencia de votos sea más dilatada que la
de hace seis años, de más 3 millones, la institución tiene que actuar como tal.
En 2006 tampoco se hizo y dieron por bueno un resultado contable hecho por el
IFE. Como hace seis años una vez más habrá legalidad, pero no legitimación. Los
magistrados impusieron un juego en el que todos pierden”, aseguró.
Los antecesores de los magistrados en la elección de 2006
llegaron al extremo de decir que las intromisiones del entonces presidente
Vicente Fox pusieron en grave riesgo la elección, pero la dieron por buena.
“Acá más o menos incurren en la misma conducta al negarle
valor probatorio al hecho notorio. En todo el mundo, desde el derecho romano,
el hecho notorio no ha requerido de prueba. Todos vimos, especialmente ellos,
cómo durante cinco o seis años constantemente las televisoras vendieron
espacios en radio y televisión –en violación expresa a la ley constitucional– a
un candidato y a su partido, y los compraron con dinero no registrado a través
de empresas que fundaron para dar la vuelta a las investigaciones”, dice
Quijano.
Lo que es notorio no requiere de prueba. Durante años vimos
cómo se construyó un presidente. Enlista: hubo profusión de fondos privados a
la campaña del señor Peña Nieto en radio y televisión. La manipulación de las
encuestas fue un hecho de conocimiento público reconocido, incluso hasta por
algunas casas encuestadoras. Los movimientos contables de dinero de origen
incierto que rebasaron los topes de campaña de manera procaz son algo también
de lo que se aportaron pruebas documentales. Por eso la resolución niega la
existencia del tribunal como árbitro electoral.
Asegura que el tribunal se abstuvo de su función de análisis
porque descansaron la carga de la prueba en quien impugnó. “Tú me haces llegar
pruebas y yo no me muevo. Se comportó como un juez estático que está en su
escritorio y no sale a asomarse a la puerta para ver si lo dicho en el recurso
es verdad. Es su obligación esencial constitucional, no sólo electoral. Lo que
hizo fue una burla”.
Para los magistrados fue un “leve indicio” que durante años
un candidato se mantuviera en anuncios de televisión simulando reportajes que
está probado que se pagaron. “Por eso digo que es una burla y una simulación de
la función encargada por la Constitución, con la desgracia de que es un
tribunal de última instancia e inatacable. Con su resolución, los magistrados
se redujeron a sí mismos y negaron la existencia del TEPJF como institución del
Estado”, afirma Quijano.
“Remedos de jueces”
Contundente, Miguel Eraña Sánchez, doctor en derecho
electoral y profesor de la Universidad Iberoamericana, señala: “El Tribunal
Electoral devaluó la función de la calificación. Cerraron antes la etapa
procesal jurisdiccional con cinco horas de simulación deliberativa. Unánimes,
sin construir criterios jurisdiccionales, acabaron siendo remedos de jueces”.
Con más de 16 mil millones de pesos de presupuesto entre 2001 y 2012 los
magistrados, dice, “son jueces exponencialmente caros para la pobreza de sus
sentencias”.
Luna Ramos, cuya hermana Margarita es ministra de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, celebró en su discurso ante Peña Nieto en la
entrega de la constancia de presidente electo, que el TEPJF ha calificado tres
elecciones presidenciales. Pero dos de ellas han dejado insatisfecha a una de
las partes y a millones de electores.
“Los fallos tienen que ser integradores, asumidos por las
partes, aunque no los favorezcan. Ya van dos de tres elecciones calificadas por
este TEPJF en los que sus fallos no son aceptados por una de las partes. De
nuevo el tribunal no usó sus sentencias para aquietar a las partes con
argumentación constitucional. Si hoy vemos a una de ellas inquieta es
responsabilidad única y exclusiva de un tribunal por la manera en que está sentenciando”,
dice el también profesor de posgrado en la UNAM.
La gran crítica al tribunal es que no asumió su función de
plena jurisdicción, como está definido en el artículo 99 de la Constitución y
en todo el sistema electoral. “Ser tribunal de plena jurisdicción implica que
para asumir su función de arbitraje lo orientan los indicios que le presenten
las partes, pero de ninguna manera la carga de la prueba se le da a los
contendientes, que no están obligados a ofrecer las pruebas sino sólo los
indicios”.
La reforma de 2007 a ese artículo hizo del TEPJF el tribunal
supremo en materia de control de actos. Esto quiere decir que puede dejar de
aplicar leyes del sistema electoral que a su parecer no cumplan con el
parámetro de constitucionalidad. Un tribunal de plena jurisdicción implica que
no tiene ataduras, explica el experto.
“El tribunal, por ejemplo, pudo ordenar a la Unidad de
Fiscalización del Instituto Federal Electoral (IFE) que pidiera los gastos de
campaña antes del 1 de diciembre, yéndose más del 6 de septiembre, fecha límite
para calificar la elección. Si la idea es calificar en plena jurisdicción pudo
ordenarle que le pidiera a los partidos los informes de gastos de campaña antes
de enero, como dice la Ley Electoral, pero no lo hizo.”
En la sesión del 30 de agosto los magistrados dejaron a los
abogados del Movimiento Progresista como incompetentes porque “no presentaron
las pruebas idóneas”. Pero el artículo 21 de la Ley General del Sistema de
Medios de Impugnación en Materia Electoral le da la facultad al TEPJF de abrir
pruebas cuando hay supuestos de violación constitucional y a los principios
rectores.
“Lo que hubo fue una simulación de calificación porque el
núcleo de la impugnación quedó pendiente de resolución. El tribunal no pudo
haber declarado ni siquiera el cómputo final, la validez ni mucho menos dar la
constancia de mayoría. Esta elección fue descalificada por un órgano que no
sólo se descalifica a sí mismo como máximo órgano jurisdiccional en elecciones,
sino que a quien dice calificar como presidente electo le hace un flaco favor.”
Le han dado la constancia de mayoría en condiciones tan
frágiles y de nula creatividad jurisdiccional que hasta el PRI y todos los
partidos tendrían que repensar en disolver el Tribunal Electoral como parte de
una transformación del sistema electoral que no está satisfaciendo a todas las
partes.
Agrega que los magistrados renunciaron a ejercer la facultad
estelar que hace seis años no estaba, la de declarar la no aplicación de las
leyes contrarias a los principios rectores y los principios democráticos. “Se
autolimitaron y sólo dieron argumentos farragosos. Se lavaron las manos
echándole la culpa a la incapacidad de los jugadores para hacer lo que ellos
debieron hacer, que es auspiciar la generación de pruebas”.
Eraña no duda que la decisión judicial es todavía más
endeble que la de 2006, cuando se le dio el triunfo a Calderón: “Aquellos
magistrados tuvieron el pretexto de la carencia de facultades, éstos no. Frente
a la habilitación constitucional y a la reforma de 2007 que los pertrechó como
magistrados de un tribunal de control último optaron por la miniaturización de
competencias y por abandonar su función de control jurisdiccional”.
Los tribunales son tan importantes que cuando son buenos
producen con sus decisiones que las partes no se vayan a las calles sino a leer
sus sentencias. Si los considerandos son tan estultos, insuficientes y poco
creativos desde la perspectiva del control, en lugar de leerlos la gente se va
a las calles, asegura.
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