La Iglesia y el orden público*
Tomado de La Jornada, Hernández.
Arnaldo Córdova
Más le valdría a la jerarquía católica de México admitir un hecho que es real y no invención de ninguno de sus malquerientes (los que muchas veces ella misma se inventa): su iglesia ya no agrupa a la totalidad de los mexicanos, si es que alguna vez lo hizo de verdad (el sincretismo indígena después de la Conquista o los numerosos herejes, reales o supuestos, a todo lo largo de nuestra historia son excepciones poderosísimas). Hoy, la realidad es que su feligresía ya no aumenta, sino que disminuye continuamente. Por ese sólo hecho ya no está en condiciones de seguir hablando a nombre de todos los mexicanos creyentes.
Ni para qué pedirle que piense nuestra historia con sentido autocrítico y admita los muchos males que ha ocasionado al país. Además, eso no interesa a nadie. Sus pretensiones de obtener una mayor “libertad religiosa” es algo que nunca plantea con toda claridad. De hecho, es una coartada para exigir algo que ni la Constitución ni las leyes le pueden dar, a menos de abolir el estado de derecho en México. Si su demanda fuera más libertad religiosa para sus fieles, se comprendería. Sólo que tendría que demostrar en qué carecen de libertad religiosa. Pero la verdad es que de sus fieles es de lo último que se acuerda cuando hace tales exigencias.
En un ensayo que mi amigo Luis Molina Piñeiro me pidió para un evento que organizó en la Facultad de Derecho en 1991 (en vísperas de las reformas salinistas), expuse que había sido un grave error del Constituyente de 1917 haber instituido las relaciones del Estado con las iglesias, sin reconocer a éstas personalidad jurídica (no las definía como personas morales). La reforma del 28 de enero de 1992 enmendó ese error y, además, otro: les concedió a los ministros de los cultos el derecho de voto en las elecciones. Pero les prohibió pronunciarse en los procesos electorales a favor de un candidato o de un partido. Acorde con el Código Canónico, tampoco les dio el derecho de ser candidatos a puestos populares.
Ya he señalado que las asociaciones civiles, entre las que se cuentan las iglesias, pueden pedir autonomía para realizar sus fines (legalmente reconocidos y fundados), pero no libertad, concepto que es ajeno a las organizaciones sociales de todo tipo. La ley define el fin de cada asociación y la dota de facultades para cumplirlo. La libertad es una prerrogativa de los individuos, no de las asociaciones. El asunto se saldaría sin problemas si la jerarquía católica explicara qué falta en su radio específico de autonomía y ya el Poder Legislativo decidiría si hay lugar a eso.
Toda persona moral o asociación civil tiene que estar inscrita en los registros de las autoridades nacionales. Con la reforma de 1992 eso se substanció. Las iglesias son definidas por el 130 como “asociaciones religiosas”. Con eso solo, determina ya cuál es su fin (religioso). Como persona moral, así como sucede con las personas físicas, deben registrarse ante la autoridad, asentar su nombre, su domicilio y, por supuesto, el objeto de su constitución. El inciso b del 130 establece su autonomía, de un modo bastante rústico: “las autoridades no intervendrán en la vida interna de las asociaciones religiosas”. Eso quiere decir que ellas se darán sus reglas de organización, de convivencia interna y todos los medios que permitan el legal desempeño de la función para la cual se supone que existen.
Si así están las cosas, ¿qué busca la jerarquía católica al demandar mayor libertad religiosa? ¿Cómo hacerle entender que ella no goza de libertad, sino sólo de autonomía, porque es una asociación, una persona moral, colectiva, y no un individuo físico? Si uno analiza con toda meticulosidad todos los artículos del Código Canónico (cánones), se sorprenderá de encontrar un deliberado propósito de apartar a la Iglesia de la política y de los asuntos mundanos. Prohíbe que los curas se inmiscuyan en la política o se comprometan con causas profanas. Prohíbe de manera expresa que sus ministros se involucren en discusiones políticas o partidarias y que se pronuncien sobre temas de la vida social. Su divisa es: “Al César, lo que es del César; a Dios, lo que es de Dios”.
Lo que sí admite y promueve es que, a través de su pastoral evangelizadora, la Iglesia se comprometa con el bienestar y los sufrimientos del pueblo de Dios, de los cristianos que se enrolan en sus filas, ejercer la caridad y la piedad y todo lo que a los ojos de Dios haga dignos de su ministerio a sus representantes en la Tierra. Pero nuestros jerarcas nativos desean otra cosa y en ello, por desgracia, no son capaces de ser claros, salvo en algunas inanes sugerencias que, al final, resultan violatorias de la ley y de la Constitución.
Exigen que se les permita opinar sobre todos los problemas nacionales. Eso la Constitución no lo prohíbe, por lo tanto, pueden hacerlo sin ningún problema. La Carta Magna, en cambio, no les permite pronunciarse sobre partidos o candidatos en las contiendas electorales. Ellos arguyen que no tienen libertad y nunca han entendido que el Constituyente, desde 1917, los consideró como agentes con un ascendiente particular entre la población mayoritariamente católica y que, por eso, podían introducir un elemento de inequidad en nuestro sistema jurídico que no podría permitirse. No lo entienden. En su editorial del domingo pasado, Desde la Fe se pronunció en contra de la política agraria. ¡Muy bien hecho! Pero eso es todo.
La Constitución y el mismísimo Código Canónico están en contra de sus pretensiones absurdas e inadmisibles. Por eso sorprende que el papa Ratzinger esté apoyando tan vivamente a los jerarcas mexicanos, por lo demás, sin tener idea de lo que es nuestro país ni, mucho menos, de la historia de su laicidad. Que se pronuncien contra el aborto es de esperarse y tienen derecho a expresarlo. Ninguna ley se los impide. Que, además, pretendan movilizar a sus fieles en apoyo de sus opiniones sería, de nuevo, tomar ventajas inadmisibles contra otros miembros y grupos de la sociedad. Quieren educación religiosa en las escuelas públicas. Eso no es posible, porque a esas escuelas también van los hijos de otros fieles. ¿Es que no les bastan sus propias instalaciones o es que quieren a sus curas en las escuelas? ¿Qué es lo que quieren con su fementida “libertad religiosa”, que ni ellos mismos son capaces de ilustrar ni de explicar?
*Tomado de La Jornada.
++++++++
¿Coincidencias petroleras?*
Antonio Gershenson
gershen@servidor.unam.mx
La prensa internacional, de uno de cuyos periódicos se reproduce la información en este diario, publica que se negocian contratos que implicarían el regreso de las principales trasnacionales a Irak, 36 años después de su nacionalización. Las empresas gigantes ExxonMobil, Shell, la francesa Total y British Petroleum, eran las que formaron la Irak Petroleum Company. Llama la atención que los contratos, que benefician también a otra trasnacional que no estuvo cuando la nacionalización, ChevronTexaco, serán para operar los mayores yacimientos y se otorgarán sin concurso. Coincidentemente, las reformas petroleras enviadas al Senado aquí facilitan los contratos sin concurso, al ampliar de manera significativa las causas para eludir esa licitación.
En la información se hace notar que este tipo de contratos sin concurso no son comunes en la industria petrolera. Se quiere justificar diciendo que el trabajo en desiertos y pantanos no puede ser llevado a cabo por cualquier empresa. Nosotros decimos que en México la regla general es que sí se concurse o se licite, y lo otro serían excepciones que deben ser reglamentadas por las leyes. El párrafo segundo del artículo 134 de la Constitución dice:
“Las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que realicen, se adjudicarán o llevarán a cabo a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.”
Las propuestas de reforma de aquí dicen que puede no hacerse concurso, que si se hace puede no ser público, y otras lindezas. En Irak no le dan tantas vueltas. En cuanto los contratos se firmen, según se anuncia el 30 de junio, simplemente no hay concursos y ya. La información aclara que allá hay más de 40 empresas petroleras en condiciones de participar en concursos y que, obviamente, quedarían fuera con las adjudicaciones directas a las mayores trasnacionales. El Ministerio del Petróleo iraquí declaró que esto se hacía por la necesidad de tecnologías modernas, en lo que el Parlamento aprueba una legislación petrolera en discusión. ¿Suenan familiares algunas de estas palabras?
Otra justificación usada en el caso de Irak es que el petróleo está muy caro, y que con las grandes trasnacionales la producción de ese país, hoy en aproximadamente 2 y medio millones de barriles diarios, podría aumentar a 3 millones, o sea un aumento de medio millón de barriles diarios. ¡Qué coincidencia! Aquí se habla de esa misma cantidad, sólo que sería por un tesorito en el fondo de las aguas profundas del Golfo de México.
Un pretexto adicional para otorgar estos contratos sin concurso es el que las mayores trasnacionales habían desarrollado, sin cobrar, trabajos de capacitación del personal iraquí. Según lo publicado, otras empresas también lo hicieron, pero sin recibir el premio. Aquí, este tipo de trabajos se consideraría parte del cabildeo para obtener un contrato. El hecho es que aquí también se hace algo similar.
También vemos en la información que los mencionados contratos sin concurso formalmente estarán estructurados como contratos de servicios, y se paga a las empresas por su trabajo. Así, no necesitan esperar a que se apruebe la nueva ley. Y que se está negociando el pago a las trasnacionales en petróleo y no en efectivo. Esto nos recuerda los contratos de servicios múltiples del sexenio pasado, y los contratos-riesgo de tiempos de Miguel Alemán, de los que ahora se vuelve a hablar. Son muchas las similitudes a pesar de la gran distancia entre los dos países: cuando en México es el mediodía, en Irak son las 9 de la noche.
Se menciona que el portavoz de ExxonMobil afirmó que el enfoque de su empresa en Irak no era diferente del que tiene de otros países, que en todos los países en los que se les permite operar siguen los mismos patrones. ¿Tendrá eso que ver con tantas coincidencias que encontramos?
Esto nos lleva a reflexionar en qué medida las reformas propuestas al Senado tienen sus raíces en el plano internacional. Y a preguntarnos, ¿cuántas coincidencias pueden serlo, sin dejar de ser simples coincidencias?
Más le valdría a la jerarquía católica de México admitir un hecho que es real y no invención de ninguno de sus malquerientes (los que muchas veces ella misma se inventa): su iglesia ya no agrupa a la totalidad de los mexicanos, si es que alguna vez lo hizo de verdad (el sincretismo indígena después de la Conquista o los numerosos herejes, reales o supuestos, a todo lo largo de nuestra historia son excepciones poderosísimas). Hoy, la realidad es que su feligresía ya no aumenta, sino que disminuye continuamente. Por ese sólo hecho ya no está en condiciones de seguir hablando a nombre de todos los mexicanos creyentes.
Ni para qué pedirle que piense nuestra historia con sentido autocrítico y admita los muchos males que ha ocasionado al país. Además, eso no interesa a nadie. Sus pretensiones de obtener una mayor “libertad religiosa” es algo que nunca plantea con toda claridad. De hecho, es una coartada para exigir algo que ni la Constitución ni las leyes le pueden dar, a menos de abolir el estado de derecho en México. Si su demanda fuera más libertad religiosa para sus fieles, se comprendería. Sólo que tendría que demostrar en qué carecen de libertad religiosa. Pero la verdad es que de sus fieles es de lo último que se acuerda cuando hace tales exigencias.
En un ensayo que mi amigo Luis Molina Piñeiro me pidió para un evento que organizó en la Facultad de Derecho en 1991 (en vísperas de las reformas salinistas), expuse que había sido un grave error del Constituyente de 1917 haber instituido las relaciones del Estado con las iglesias, sin reconocer a éstas personalidad jurídica (no las definía como personas morales). La reforma del 28 de enero de 1992 enmendó ese error y, además, otro: les concedió a los ministros de los cultos el derecho de voto en las elecciones. Pero les prohibió pronunciarse en los procesos electorales a favor de un candidato o de un partido. Acorde con el Código Canónico, tampoco les dio el derecho de ser candidatos a puestos populares.
Ya he señalado que las asociaciones civiles, entre las que se cuentan las iglesias, pueden pedir autonomía para realizar sus fines (legalmente reconocidos y fundados), pero no libertad, concepto que es ajeno a las organizaciones sociales de todo tipo. La ley define el fin de cada asociación y la dota de facultades para cumplirlo. La libertad es una prerrogativa de los individuos, no de las asociaciones. El asunto se saldaría sin problemas si la jerarquía católica explicara qué falta en su radio específico de autonomía y ya el Poder Legislativo decidiría si hay lugar a eso.
Toda persona moral o asociación civil tiene que estar inscrita en los registros de las autoridades nacionales. Con la reforma de 1992 eso se substanció. Las iglesias son definidas por el 130 como “asociaciones religiosas”. Con eso solo, determina ya cuál es su fin (religioso). Como persona moral, así como sucede con las personas físicas, deben registrarse ante la autoridad, asentar su nombre, su domicilio y, por supuesto, el objeto de su constitución. El inciso b del 130 establece su autonomía, de un modo bastante rústico: “las autoridades no intervendrán en la vida interna de las asociaciones religiosas”. Eso quiere decir que ellas se darán sus reglas de organización, de convivencia interna y todos los medios que permitan el legal desempeño de la función para la cual se supone que existen.
Si así están las cosas, ¿qué busca la jerarquía católica al demandar mayor libertad religiosa? ¿Cómo hacerle entender que ella no goza de libertad, sino sólo de autonomía, porque es una asociación, una persona moral, colectiva, y no un individuo físico? Si uno analiza con toda meticulosidad todos los artículos del Código Canónico (cánones), se sorprenderá de encontrar un deliberado propósito de apartar a la Iglesia de la política y de los asuntos mundanos. Prohíbe que los curas se inmiscuyan en la política o se comprometan con causas profanas. Prohíbe de manera expresa que sus ministros se involucren en discusiones políticas o partidarias y que se pronuncien sobre temas de la vida social. Su divisa es: “Al César, lo que es del César; a Dios, lo que es de Dios”.
Lo que sí admite y promueve es que, a través de su pastoral evangelizadora, la Iglesia se comprometa con el bienestar y los sufrimientos del pueblo de Dios, de los cristianos que se enrolan en sus filas, ejercer la caridad y la piedad y todo lo que a los ojos de Dios haga dignos de su ministerio a sus representantes en la Tierra. Pero nuestros jerarcas nativos desean otra cosa y en ello, por desgracia, no son capaces de ser claros, salvo en algunas inanes sugerencias que, al final, resultan violatorias de la ley y de la Constitución.
Exigen que se les permita opinar sobre todos los problemas nacionales. Eso la Constitución no lo prohíbe, por lo tanto, pueden hacerlo sin ningún problema. La Carta Magna, en cambio, no les permite pronunciarse sobre partidos o candidatos en las contiendas electorales. Ellos arguyen que no tienen libertad y nunca han entendido que el Constituyente, desde 1917, los consideró como agentes con un ascendiente particular entre la población mayoritariamente católica y que, por eso, podían introducir un elemento de inequidad en nuestro sistema jurídico que no podría permitirse. No lo entienden. En su editorial del domingo pasado, Desde la Fe se pronunció en contra de la política agraria. ¡Muy bien hecho! Pero eso es todo.
La Constitución y el mismísimo Código Canónico están en contra de sus pretensiones absurdas e inadmisibles. Por eso sorprende que el papa Ratzinger esté apoyando tan vivamente a los jerarcas mexicanos, por lo demás, sin tener idea de lo que es nuestro país ni, mucho menos, de la historia de su laicidad. Que se pronuncien contra el aborto es de esperarse y tienen derecho a expresarlo. Ninguna ley se los impide. Que, además, pretendan movilizar a sus fieles en apoyo de sus opiniones sería, de nuevo, tomar ventajas inadmisibles contra otros miembros y grupos de la sociedad. Quieren educación religiosa en las escuelas públicas. Eso no es posible, porque a esas escuelas también van los hijos de otros fieles. ¿Es que no les bastan sus propias instalaciones o es que quieren a sus curas en las escuelas? ¿Qué es lo que quieren con su fementida “libertad religiosa”, que ni ellos mismos son capaces de ilustrar ni de explicar?
*Tomado de La Jornada.
++++++++
¿Coincidencias petroleras?*
Antonio Gershenson
gershen@servidor.unam.mx
La prensa internacional, de uno de cuyos periódicos se reproduce la información en este diario, publica que se negocian contratos que implicarían el regreso de las principales trasnacionales a Irak, 36 años después de su nacionalización. Las empresas gigantes ExxonMobil, Shell, la francesa Total y British Petroleum, eran las que formaron la Irak Petroleum Company. Llama la atención que los contratos, que benefician también a otra trasnacional que no estuvo cuando la nacionalización, ChevronTexaco, serán para operar los mayores yacimientos y se otorgarán sin concurso. Coincidentemente, las reformas petroleras enviadas al Senado aquí facilitan los contratos sin concurso, al ampliar de manera significativa las causas para eludir esa licitación.
En la información se hace notar que este tipo de contratos sin concurso no son comunes en la industria petrolera. Se quiere justificar diciendo que el trabajo en desiertos y pantanos no puede ser llevado a cabo por cualquier empresa. Nosotros decimos que en México la regla general es que sí se concurse o se licite, y lo otro serían excepciones que deben ser reglamentadas por las leyes. El párrafo segundo del artículo 134 de la Constitución dice:
“Las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que realicen, se adjudicarán o llevarán a cabo a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.”
Las propuestas de reforma de aquí dicen que puede no hacerse concurso, que si se hace puede no ser público, y otras lindezas. En Irak no le dan tantas vueltas. En cuanto los contratos se firmen, según se anuncia el 30 de junio, simplemente no hay concursos y ya. La información aclara que allá hay más de 40 empresas petroleras en condiciones de participar en concursos y que, obviamente, quedarían fuera con las adjudicaciones directas a las mayores trasnacionales. El Ministerio del Petróleo iraquí declaró que esto se hacía por la necesidad de tecnologías modernas, en lo que el Parlamento aprueba una legislación petrolera en discusión. ¿Suenan familiares algunas de estas palabras?
Otra justificación usada en el caso de Irak es que el petróleo está muy caro, y que con las grandes trasnacionales la producción de ese país, hoy en aproximadamente 2 y medio millones de barriles diarios, podría aumentar a 3 millones, o sea un aumento de medio millón de barriles diarios. ¡Qué coincidencia! Aquí se habla de esa misma cantidad, sólo que sería por un tesorito en el fondo de las aguas profundas del Golfo de México.
Un pretexto adicional para otorgar estos contratos sin concurso es el que las mayores trasnacionales habían desarrollado, sin cobrar, trabajos de capacitación del personal iraquí. Según lo publicado, otras empresas también lo hicieron, pero sin recibir el premio. Aquí, este tipo de trabajos se consideraría parte del cabildeo para obtener un contrato. El hecho es que aquí también se hace algo similar.
También vemos en la información que los mencionados contratos sin concurso formalmente estarán estructurados como contratos de servicios, y se paga a las empresas por su trabajo. Así, no necesitan esperar a que se apruebe la nueva ley. Y que se está negociando el pago a las trasnacionales en petróleo y no en efectivo. Esto nos recuerda los contratos de servicios múltiples del sexenio pasado, y los contratos-riesgo de tiempos de Miguel Alemán, de los que ahora se vuelve a hablar. Son muchas las similitudes a pesar de la gran distancia entre los dos países: cuando en México es el mediodía, en Irak son las 9 de la noche.
Se menciona que el portavoz de ExxonMobil afirmó que el enfoque de su empresa en Irak no era diferente del que tiene de otros países, que en todos los países en los que se les permite operar siguen los mismos patrones. ¿Tendrá eso que ver con tantas coincidencias que encontramos?
Esto nos lleva a reflexionar en qué medida las reformas propuestas al Senado tienen sus raíces en el plano internacional. Y a preguntarnos, ¿cuántas coincidencias pueden serlo, sin dejar de ser simples coincidencias?
*Tomado de La Jornada.
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