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lunes, marzo 17, 2008

Voluntad popular frena a los Chuchos





Tomados de La Jornada, Rocha, Hernández y Helguera.

Los resultados de las encuestas de salida dan el triunfo a Alejandro Encinas y a su planilla para dirigir el PRD. Pese a la sistemática campaña de desprestigio en contra de Andrés Manuel López Obrador y la resistencia civil pacífica, a las diversas maniobras clientelares y al rasurado e inflado del padrón electoral ganó la ciudadanía que ve en la izquierda la única alternativa ante la mafia que se apoderó del país.

Desde finales del año pasado los voceros oficiales y oficiosos de los medios de comunicación aseguraron que encuestas “incuestionables” indicaban que la mayoría de los mexicanos, incluidos la mayoría de los miembros del PRD, se manifestaban por el reconocimiento del pelele Felipe Calderón Hinojosa. Insistieron en que eso era lo mejor para México. La intención clara era allanar el camino para la venta de Pemex y la CFE.

Sin embargo, el triunfo de Alejandro Encinas, quien ha declarado que el PRD se convertirá en la columna vertebral de la Convención Nacional Democrática (CND) porque la gente votó por “una línea política de renovación, de una izquierda firme que no tenga docilidad ni contemplación ante el poder y con autonomía de los poderes fácticos”, en un referéndum al movimiento social de resistencia civil pacífica y por supuesto a López Obrador.

Alejandra Barrales venció en el Distrito Federal por apabullante margen, imposible de remontar. La Ciudad de México confirmó de nueva cuenta el impulso libertador que va dirigido a impregnar al país de un verdadero cambio hacia la equidad, reparto de la riqueza y respeto al Estado de derecho con la refundación de las corrompidas instituciones. El costo que sus habitantes ha tenido que pagar no es poco.

Los ciudadanos del Distrito Federal ingresan a las arcas federales 20 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB) y en cambio reciben sólo el 10 por ciento del mismo. Considerada por los gobierno corruptos del PRIAN, por un lado como una urbe rica, se le niegan recursos en educación o de lucha contra la pobreza, pese a que cada día llegan miles de personas provenientes de todo el país porque en sus lugares de origen no hay trabajo o vienen a exigir se cumpla el mentado Estado de derecho.

Pero por otro lado el PRIAN dice que no hay servicios que la gente pobre tiene que comprar agua, que no cuentan con las condiciones elementales para vivir, etc. ¿Entonces es una ciudad rica o es pobre? Ambas cosas las usa el PRIAN a conveniencia con el objetivo de golpear a sus gobernantes, pero los afectados son sus habitantes. No perdonan que el DF sea rebelde y exija el fin de tanta impunidad, el castigo a tanto ladrón y asesino.

Entonces los resultados de ayer no pueden menos que ser un balde de agua para el gobierno usurpador, el PRIAN, los grandes empresarios del fraude de 2006, la alta jerarquía católica y los medios electrónicos de comunicación a los que no le bastan hoy las descalificaciones, que no hubieran hecho si el triunfador hubiera sido Jesús Ortega, dirigente de la “izquierda moderna” acomodada al billete del erario nacional.

Y no es que todo vaya a cambiar de la noche a la mañana, pero la sistemática traición de los miembros de Nueva (der) Izquierda a sus electores, serán castigados con el retiro de los votos para ellos. Algo legal, legítimo y lo menos que el ciudadano conciente puede hacer para pagar con la misma moneda a quienes lo defraudaron.


El siguiente material fue tomado de la revista Proceso.



http://www.proceso.com.mx/





La política inclinó la balanza

Jorge Carrasco Araizaga

El ministro presidente inclinó la balanza, y la Suprema Corte canceló la posibilidad de que este semanario tenga acceso a las boletas de la elección presidencial pasada con fines informativos. Aunque sus argumentos fueron contradictorios, los ministros que se opusieron a privilegiar el derecho a la información coincidieron en dos aspectos: su raigambre política afín al Partido Acción Nacional y su convicción de que el proceso electoral que llevó a Felipe Calderón a la Presidencia no ha concluido. Son ellos, pues, los que mantienen vivo el debate electoral.

En 1991, la mayoría priista en la Cámara de Diputados decidió que se quemaran las boletas de la cuestionada elección de Carlos Salinas de Gortari. El martes 11 de marzo otra mayoría, la de seis ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, impuso el criterio de que ya se deben destruir las boletas de la controvertida elección de Felipe Calderón Hinojosa.

Apenas un voto de diferencia bastó para que el máximo tribunal desestimara la petición de acceso a los paquetes de la elección presidencial, y colocó por encima a la ley electoral, que ordena su destrucción.

Con esa resolución favorable a la negativa del Instituto Federal Electoral (IFE) de permitir el acceso a las boletas, el consejero presidente de este organismo, Leonardo Valdés, aseguró al día siguiente que él favorece la posición contraria: que el acceso a las boletas forma parte del derecho ciudadano a la información.

Sin embargo, el intento de Proceso de hacer efectivo este derecho, recién ampliado en la Constitución, se topó con un bloque de ministros que, con argumentos contradictorios, se sumó a la negativa del IFE, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa para abrir los paquetes de la elección del 2 de julio de 2006.

Si en diciembre de 1991 el coordinador del grupo parlamentario del PRI en la Cámara de Diputados, Fernando Ortiz Arana –avalado por el coordinador del PAN, Diego Fernández de Cevallos–, propuso la destrucción de los paquetes electorales de la elección de 1988 por “no tener ningún valor”, en esta ocasión el ministro Sergio Salvador Aguirre advirtió:

“Cuidado, Suprema Corte mexicana: no nos montemos en el péndulo de la exageración, de que la transparencia y el derecho a la información tienen la virtud de borrar los principios de otra materia, así sean constitucionales, para siempre”.

Esa fue la respuesta del ministro, de probada experiencia panista, a las críticas que recibió en el pleno de la Corte su propuesta de resolución para desechar el amparo solicitado por el director de Proceso, Rafael Rodríguez Castañeda, ante la negativa del IFE de darle acceso a los paquetes electorales.

A diferencia del año y cuatro meses que se tomó la Corte para responder a la petición que desde octubre de 2006 le hizo un tribunal colegiado para atraer el amparo de la revista, a esa mayoría de ministros le bastaron dos horas con 20 minutos para acercar a la destrucción el testimonio documental de la elección de Calderón.

Fue una sesión rápida, sin receso, en la que el presidente de la Corte, Guillermo Ortiz Mayagoitia, no sólo estuvo ajeno al debate, sino que hizo la diferencia al romper el empate que prevaleció entre los ministros durante la discusión.

Se limitó a decir que su rechazo al amparo fue para ser congruente con “mis votos anteriores sobre la materia”, convencido de que no era un asunto de violación del derecho a la información y de que la revista tuvo “medios de defensa anteriores”.

Además del presidente de la Corte y de Aguirre Anguiano, el bloque en contra de la posibilidad de revisar los paquetes electorales lo formaron los ministros Margarita Luna Ramos, Fernando Franco González-Salas, José de Jesús Gudiño Pelayo y Mariano Azuela Güitrón.

Varios de ellos tenían razones que rebasan lo jurídico. Al pasado militante de Aguirre Anguiano en el PAN se sumó la historia de confrontación de Azuela con Andrés Manuel López Obrador –el principal contrincante de Calderón– y la pertenencia de Franco González-Salas al primer gobierno del PAN como subsecretario del Trabajo, durante cinco años, al lado de Carlos Abascal Carranza.

Más relevante fue la condición de Margarita Luna Ramos, quien salió en defensa de decisiones tomadas por su hermano Alejandro. Como magistrado del TEPJF, es el único de los actuales integrantes de ese órgano jurisdiccional que participó en dos decisiones relacionadas con la pretensión de la revista: la calificación de la elección presidencial y la negativa del acceso a boletas.

En la argumentación contra el amparo, Franco fue más allá de lo jurídico: “Yo no veo cómo puede ser diferente la solicitud de información de todas las casillas en los 300 distritos, si no es para contrastarla con lo que oficialmente se dio a conocer”.

Aseguró que la destrucción de las boletas forma parte de lo previsto en el sistema electoral; además, puso en duda que el IFE pueda disponer del material, puesto que la ley lo obliga a destruirlo.

A favor de atraer el amparo se manifestaron los ministros Genaro Góngora Pimentel, José Ramón Cossío Díaz, Sergio Valls Hernández, Olga Sánchez Cordero y Juan Silva Meza.

Como responsable de presentar la propuesta para resolver el juicio de amparo solicitado, Aguirre Anguiano –exregidor del PAN en Guadalajara y candidato perdedor a una diputación federal por el partido de Calderón– tomó con desdén la encomienda.

El resultado fue un proyecto que, en palabras del ministro Gudiño Pelayo, no estuvo a la altura de lo solicitado por el pleno de la Corte cuando atrajo la solicitud de la revista (Proceso 1610).

Tan poca importancia le dio Aguirre Anguiano a la petición de amparo que evitó la elaboración de criterios para aplicar en caso de que se confronten las leyes electorales con el artículo sexto de la Constitución sobre acceso a la información, o en futuras divergencias sobre los medios de impugnación electoral.

Dejó el tema principal del juicio “desdibujado, inacabado, poco argumentado… (Hizo a un lado) el plato fuerte” del caso, le reprochó Gudiño, quien tomó el relevo en la argumentación y terminó convirtiéndose en el principal constructor de la negativa de amparo.

Desdeñoso, Aguirre se había limitado a la simple aplicación de la fracción VII del artículo 73 de la Ley de Amparo. Esa norma dice que el juicio de garantías no procede contra resoluciones o declaraciones de los organismos y autoridades en materia electoral.

También echó mano de los artículos 41 y 99 de la Constitución. El primero trata sobre los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad de las elecciones; el segundo, acerca del carácter definitivo que en materia electoral tienen las resoluciones del TEPJF.

Su “sencillez” jurídica –dijo el ministro a manera de “confesión”– se debió a que la pretensión de la revista es de carácter electoral, pues según él tiene que ver con el destino final de los sobres que contienen las boletas. Y lo que dice el artículo 254 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) es que esa documentación se destruirá una vez concluido el proceso electoral.

“Nada tiene que ver con ‘abrir la información, derecho a la información, ¡qué sé yo!’”, dijo Aguirre para justificar su intención de despachar el asunto así de rápido. El ministro Gudiño atajó esa intención, pero sólo para elevar la negativa a rango constitucional.

Su argumento: el artículo 105 dice que “la no conformidad de las leyes electorales a la Constitución” sólo se puede impugnar a través de una controversia constitucional o una acción de inconstitucionalidad, recursos reservados para los gobiernos, legisladores o partidos políticos.

Dijo que aceptar el amparo de Proceso por el solo hecho de querer argumentar una violación de garantía constitucional, “llevaría a la admisión casi indiscriminada del amparo en la materia” electoral.

Empezó entonces la aplicación de una doble medida para el caso. Según Gudiño, con la reforma electoral aprobada en diciembre pasado, “en la que se faculta expresamente al TEPJF a desaplicar normas que estime constitucionales, muchas de las preocupaciones que animaron y motivaron este debate pueden haber quedado superadas”.

Pero cuando el ministro Góngora Pimentel quiso, conforme a la jurisprudencia de la propia Corte, que se aplicara de forma retroactiva la reforma del artículo sexto constitucional que amplía el derecho de acceso a la información, su petición fue desestimada.

Presidente de la Corte entre 1999 y 2002, Góngora se sumó en todo momento al amparo, desde mayo del año pasado, cuando hizo suyo el caso y evitó que Mariano Azuela Güitrón, desde el ámbito escasamente publicitado de la Segunda Sala del máximo tribunal, desechara la facultad de atracción del recurso.

Después de que a instancia suya, en septiembre de 2007, la Corte finalmente ejerciera esa facultad, Góngora volvió a impedir que Aguirre Anguiano sobreseyera el caso desde la Segunda Sala el pasado 27 de febrero. El juicio pasó entonces a la discusión del pleno.

En esas ocasiones Góngora sostuvo que la Corte debía resolver si la destrucción de las boletas viola el derecho a la información. Ese, que era el tema de fondo del amparo, no se alcanzó a discutir al ser desechado.

En su intervención del martes 11, dijo que si bien el artículo 254 del Cofipe establece lo que debe hacerse con el material electoral, “no necesariamente implica que tenga por objeto investir a una persona de determinado cargo público”.

Rechazado por el PAN y el PRI en su reciente intento de convertirse en consejero electoral del IFE, Góngora precisó sobre el alcance de la petición de amparo: “El caso no se promueve para determinar quién es el que debe ocupar el cargo de presidente de la República; la elección ya fue hecha y declarada válida por el TEPJF… No tiene fines electorales, sino periodísticos o académicos”.

A esas consideraciones se sumaron enseguida los ministros Silva Meza y Sánchez Cordero. Autor del proyecto de resolución que responsabilizaba al gobernador de Puebla, Mario Marín, de haber violado los derechos de la periodista Lydia Cacho –que fue rechazado por la mayoría de la Corte–, Silva Meza dijo que con el amparo se pretendía “salvaguardar derechos fundamentales, como el derecho a la información, el derecho a conocer la verdad, la libertad de expresión y la salvaguarda de la legalidad”.

Para fundamentar que la impugnación de Proceso tenía que ver con un acto administrativo y no electoral, aseguró que el Comité de Información del IFE –que negó el acceso a las boletas– es una autoridad con facultades “eminentemente administrativas y no electorales”, aunque está vinculado a un órgano electoral.

La destrucción de las boletas, dijo, imposibilita hacer efectiva la libertad de investigación, el derecho de buscar y recibir información y el de acceso y consulta de esa documentación. Además, si se conociera el contenido de la misma, no tendría ningún efecto respecto al proceso electoral puesto que éste concluyó con la calificación hecha por el TEPJF.



“¡Qué sé yo!”



Cuestionada por su voto exculpatorio de Mario Marín, Sánchez Cordero favoreció esta vez la idea de armonizar la justicia electoral con el amparo cuando se combatan leyes que vulneren algún derecho fundamental.

“Lo que está en juego es la violación a una garantía individual como el derecho de acceso a la información que es pública”, pues tratándose de transparencia “la pauta fundamental a respetar por las autoridades es el cumplimiento del principio de máxima publicidad y disponibilidad de la información”.

Sostuvo que el artículo que ordena la destrucción de la papelería electoral “no tiene estricta vinculación con la materia (electoral) ya que no incide, ni repercute, ni influye sobre el proceso electoral y aun haciéndolo no se altera ni sus consecuencias ni su organización”.

Aguirre salió en defensa de su proyecto descalificando la prevalencia del derecho a la información, puesto que a éste se le presenta como “un purificador de materias que se superpone y prevalece siempre, por ser un derecho fundamental, y a mí me parece una tesis peligrosísima.

“Por allá, por los años noventa empezó a hablarse en este mundo del valor de la transparencia como fundamento del estado de derecho y esto ha cobrado un auge en el constitucionalismo mundial indudable… se le monta en el derecho a la información y está ocurriendo en excesos pendulares. Yo digo: cuidado, Suprema Corte mexicana...”.

Atribuyó a los ministros contrarios a su proyecto el intento de hacer “una interpretación mágica” al asegurar que el proceso electoral ya está concluido, pues según él “es un solo acto la conclusión del proceso electoral y el mandato de la ley que procede la destrucción del material”, y no se ha cumplido por “situaciones que pueden ser anecdóticas: recursos, amparos, reclamaciones, ¡qué sé yo!”, dijo en alusión a las acciones de Proceso.

Concluyó que para cumplir con los principios constitucionales de certeza y definitividad de las elecciones, las boletas se tienen que destruir.

En su respaldo salió el anterior presidente de la Corte, Mariano Azuela, cuya gestión al frente del máximo tribunal quedó marcada por su cercanía con el expresidente Vicente Fox, incluidas sus visitas a Los Pinos cuando el entonces titular del Ejecutivo promovió el desafuero de López Obrador.

Aunque la describió como “sencilla”, su intervención fue directa: Primero, la Corte “ni siquiera” debió haber atraído el amparo. Segundo, salió en defensa de la juez que negó el amparo, a quien dijo, “se le está enjuiciando”. Y tercero, al igual que Gudiño Pelayo, dijo que admitir el recurso con el argumento de violación de garantías implicaría “aniquilar” las causas de improcedencia del amparo.

Ironizó también con la “función purificadora” y las “transformaciones mágicas” en materia procesal. En el extremo, habló del “aniquilamiento” de las causas de improcedencia, con lo cual “llegaremos a la gran injusticia… de falta de cumplimiento del estado de derecho”.

Cossío Díaz intentó hacer valer la reforma constitucional sobre el derecho de acceso a la información, con la intención de que prevalezca el principio de máxima publicidad.

Insistió en que no todos los actos del IFE son electorales y al realizarlos (puede) afectar un derecho fundamental, “y en consecuencia… dar la posibilidad de una procedencia del juicio de amparo en este caso”.

En el mismo sentido, Valls Hernández subrayó que el amparo sólo tenía que ver con una elección pasada, además de que la disposición de las boletas “no puede calificarse como estrictamente electoral”.

Y contrario al criterio de que el proceso electoral no ha culminado, dijo: “No advierto cómo la previsión legal de destruir las boletas electorales de una elección determinada y concluida definitivamente, tenga relación con tales principios electorales (certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad) y menos con derecho a la información”.

Aunque entre los propios ministros que se opusieron al amparo hubo quienes sostuvieron que el proceso electoral de 2006 ya está concluido, Luna Ramos dijo lo contrario: “Este proceso concluye hasta que las boletas electorales prácticamente hayan sido destruidas”.

No sólo eso. Mostrando a sus colegas el expediente del juicio interpuesto por Proceso ante el TEPJF y en el que su hermano falló en contra de otorgar acceso a las boletas, aseguró que el Tribunal Electoral “resolvió, hasta podría decir, favorablemente, porque de alguna manera dice que hay que entregarle cuando menos las actas”.

Así es que, afirmó, la revista no quedó “en estado de indefensión”. Más benevolente todavía, dijo que la reciente reforma electoral de manera expresa dice que el TEPJF ya podrá conocer de impugnaciones en las que se aleguen violaciones a la Constitución, como las que impugnó la revista.