Mafia hipócrita, despojo en cadena nacional
Las intenciones privatizadoras de los recursos energéticos por parte de la mafia que se apoderó del país continúan. Pese al rechazo generalizado al despojo –como es el IPAB (Fobaproa)- los anuncios publicitarios, no sólo mediante spots, sino en los programas de espectáculos y telenovelas, suman decenas de miles en pocos días. No hay estación de radio o televisión en donde no sean transmitidos.
Lo que está en juego no es poca cosa. No sólo son las cantidades descomunales de dinero, sino la viabilidad de México. En cuanto a dinero, según la secretaria de Energía del desgobierno pirata del pelele Felipe Calderón Hinojosa, involucra al menos 300 mil millones de pesos a pagar a las transnacionales por el simple hecho de colocar las plataformas petroleras. Después se llevarán el 50 por ciento del petróleo encontrado, es decir al menos 12 mil millones de barriles aun precio actual de 80 dólares por barril. En números redondos serían 960 mil millones de dólares más lo 300 mil millones de dólares por las plataformas. ¿Dónde está el negocio para México? ¿Cuál es la alianza estratégica jugosa para el país? Ninguna.
El agravante es que empresas como Exxon o Shell necesitan ese petróleo para seguir produciendo y en lugar de aprovechar esa oportunidad, se les otorgarán todas las ganancias. ¿Si el negocio no es para México, entonces para quién? La respuesta es muy simple: para la mafia político-empresarial mexicana, como Telmex, Televisa, Tv Azteca,espurio Calderón Hinojosa, Mouriño, Beltrones, Gamboa, Labastida, Salinas de Gortari, etc.
La cobertura y protección –mafiosa- del corrupto Juan Camilo Mouriño por parte de los medios de comunicación electrónicos y los coordinadores legislativos del PRIAN es más que elocuente. Los primeros lo absolvieron sin presentar pruebas, bastó que negara la ilegalidad para que quedaran conformes ¿y el Estado de derecho? Bien gracias. Y los segundos encabezados por los priístas Gamboa y Beltrones se oponen de manera decidida a la creación de una comisión legislativa que lo investigue.
Cuando el desafuero de Andrés Manuel López Obrador, estos mismos corruptos afirmaban que el que nada debe nada teme. Ahora dicen que no son Ministerio Público, a pesar del reconocimiento de los hechos. La máxima de la ley dice que a confesión de parte relevo de pruebas, pero aquí fue al revés. Confesó y fue declarado inocente por los medios paleros.
Tan crispado está el ambiente sobre la privatización y la inocultable corrupción en todas las áreas de importancia político-económica del país que en cuanta encuesta se pregunta si el tal Mouriño es culpable y debe renunciar, por abrumadora mayoría gana el sí.
Las secuelas de la corrupción son más que evidentes. Mientras que a López Obrador y a René Bejarano los desaforaron y a uno de ellos se le llevó a juicio, a los góber precios de Oaxaca, Ulises Ruiz y al de Puebla, Mario Marín no se les tocó. En el caso de Mouriño se ponen todas trabas para impedir la investigación sobre el reconocido tráfico de influencias.
Mientras que los jueces de la Suprema Corte y los consejeros del IFE ganan de 4 a 5 millones de pesos al año, con el más reciente aumento a sus salarios, está en huelga la UAM desde hace 40 días y el trato que se le da en los medios electrónicos es de pelafustanes contarios a los intereses de la nación. El mismo trato recibe el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), y es acusado de todos los males de la empresa. Bien es cierto que forma parte de la corrupción, pero no es el origen ni el final de la misma. El proyecto del PRIAN desde hace 30 años es liquidar a la empresa, para ello no resuelve los problemas de fondo como el robo de energía eléctrica, no sólo del comercio informal, sino del formal como ha sido documentado. ¿Quién administra la empresa, el sindicato? ¡Por favor! No más cinismo
Entonces se critica que los trabajadores quieran un aumento mayor al cinco por ciento, mientras que la mafia política gana los mejoores salarios del mundo. Sí nadie en todo el planeta gana lo que los políticos transas de México. ¿Esa es la justicia? ¡Basta de simulación, democracia ya!
A continuación un reportaje tomado de la revista Proceso.
http://www.proceso.com.mx/
Los delitos y la confesión
Jesusa Cervantes
De acuerdo con un minucioso análisis jurídico, Juan Camilo Mouriño, secretario de Gobernación, confesó de hecho haber cometidos diversos delitos, al aceptar públicamente que firmó contratos con Pemex como representante legal de Ivancar, la empresa de su familia, al tiempo que se desempeñaba como servidor público. Por ellos, el hombre más estrechamente ligado al presidente Calderón podría ser sometido a juicio político y después juzgado penalmente.
Juan Camilo Mouriño Terrazo, al reconocer públicamente la veracidad de los contratos que su empresa familiar Ivancar estableció con Pemex-Refinación, aportó indicios suficientes para que sea juzgado por la violación de diversos delitos, entre ellos el “uso indebido de atribuciones y facultades”, pues contrató servicios al gobierno mientras se desempeñaba como funcionario de la Secretaría de Energía (Sener).
Pablo Casas Lías, abogado especialista en derecho penal y administrativo, llegó a esas conclusiones tras analizar los contratos entre Pemex-Refinación y Transportes Especializados Ivancar, S.A. de C.V., que el actual secretario de Gobernación firmó como apoderado legal de la empresa de su familia.
Lo importante, aclara, no es determinar si su conducta en los contratos fue “legal y ética”, como aseguró Juan Camilo Mouriño al acudir al noticiario de Joaquín López Dóriga en Televisa la noche del jueves 6, sino que “aceptó la veracidad de los documentos y, además, que quien firmó los contratos como responsable de la empresa es a la vez un servidor público y como tal está impedido. Al hacerlo violó disposiciones administrativas y penales por las cuales debe ser juzgado”.
Consultado aparte, Gabriel Reyes Orona, exprocurador fiscal de la Federación, explica que “el reconocimiento de la existencia de los contratos es un indicio o supuesto tal que hace susceptible de análisis político a las cámaras (de Diputados y Senadores) para ver si van a sujetar al funcionario a la justicia federal, es decir, para que un juez determine si hay delito. Pero antes tiene que darse un desafuero”.
Pulcro en su declaración, Reyes Orona precisa: “La responsabilidad de las cámaras es tramitar y desahogar el proceso previsto en el artículo 110 de la Constitución (juicio político), a efecto de verificar si el funcionario contratante involucrado ha incurrido o no en responsabilidad penal o administrativa. El punto es que el requisito previo es quitarle la protección constitucional al funcionario involucrado (Juan Camilo Mouriño). La autoridad judicial es la que tiene que decir si fue indebido o no, y para eso se le debe quitar la protección constitucional”.
El fundador de Casa Lías Abogados fue asesor de la segunda comisión investigadora que se formó en la Cámara de Diputados para investigar el presunto tráfico de influencias de los Bribiesca Sahagún.
En el caso de Mouriño, coincide en que hay indicios suficientes para que las cámaras lo sometan a juicio político.
Aunque puntualiza que es un juez quien debe determinarlo, desde su punto de vista incurrió en varios delitos, como el “ejercicio indebido de atribuciones y facultades”.
Para sustentar su declaración se remite al Código Penal Federal, que en su artículo 217, fracción I, inciso D, establece: “Comete el delito de uso indebido de atribuciones y facultades el servidor que indebidamente otorgue, realice o contrate obras públicas, deuda, adquisiciones, arrendamientos, enajenaciones de bienes o servicios, o colocaciones de fondos y valores con recursos económico públicos”.
Además está la fracción II, la cual señala que incurre en el uso indebido de atribuciones “toda persona que solicite o promueva la realización, el otorgamiento o la contratación indebidos de las operaciones a que hacen referencia la fracción anterior o sea parte en las mismas”.
De acuerdo con ese mismo artículo, cuando el monto de la operación exceda del equivalente de 500 veces el salario mínimo general del Distrito Federal, “se impondrá de dos años a 12 años de prisión, multa de 30 a 300 veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos a 12 años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos”.
Y en este caso está Mouriño, dice Casas.
Incluso, afirma, el secretario de Gobernación también incurrió en una falta al artículo 220 del mismo código, que define el “ejercicio abusivo de funciones”:
“Mouriño cae en el supuesto de la fracción I, que dice: ‘El servidor público que en el desempeño de su empleo o cargo o comisión, indebidamente… efectúe compras o ventas o realice cualquier acto jurídico que produzca beneficios económicos al propio servidor público, a su cónyuge, descendientes o ascendientes, parientes por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado, a cualquier tercero con el que tenga vínculos afectivos, económicos o de dependencia administrativa directa, socios o sociedades en las que el servidor público o las personas antes referidas formen parte...”
Servidor público y contratista
El 16 de febrero pasado, Ana Lilia Pérez publicó en la revista Contralínea, que dirige Miguel Badillo, 10 contratos que Transportes Especializados Ivancar, S.A. de C.V., firmó con Pemex-Refinación entre diciembre de 2000 y diciembre de 2004.
El domingo 24, Andrés Manuel López Obrador entregó a los legisladores del Frente Amplio Progresista (FAP) un expediente con los contratos firmados por Mouriño. Cuatro días después el periódico El Universal publicó con detalles los documentos entregados a los coordinadores legislativos del PRD. Y en una primera declaración, el secretario de Gobernación dijo en Los Cabos, el 29 de febrero, que López Obrador, su acusador, era “mezquino y doloso”.
El pasado jueves 6, el secretario de Gobernación reconoció la existencia de dichos contratos, en los cuales él firma en su calidad de “apoderado legal” de la empresa familiar Ivancar.
De 1997 a 2000 Mouriño fue diputado local en el estado de Campeche, de 2000 a 2003 fue diputado federal y presidente de la Comisión de Energía de la Cámara de Diputados y del 16 de octubre de 2003 al 24 de marzo de 2004 fue “director general” en la Subsecretaría de Política Energética y Desarrollo Tecnológico de la Secretaría de Energía; su jefe era el secretario Felipe Calderón Hinojosa. Del 24 de marzo al 30 de septiembre de 2004, Mouriño se desempeñó como subsecretario de Electricidad en la misma dependencia.
Todos estos datos fueron aportados por él en sus declaraciones patrimoniales, que aparecen en la página electrónica de la Secretaría de la Función Pública.
El abogado Casas Lías explica que en el artículo 108 constitucional, título cuarto, relativo a las responsabilidades de los servidores públicos, “se considera como tales a los representantes de elección popular, a los miembros del Poder Judicial Federal y del Poder Judicial del Distrito Federal, los funcionarios y empleados y, en general, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el Congreso de la Unión, en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal o en la Administración Pública Federal”.
Eso significa que desde 1997 Juan Camilo Mouriño Terrazo ha sido funcionario público.
Y como se aprecia en el “convenio de prestación de servicios de transporte terrestre por autotanque para la aplicación de transporte dedicado” número GTT-00142-01/2004 –firmado el 29 de diciembre de 2003 y con vigencia del 1 de enero al 31 de diciembre de 2004–, Mouriño era “apoderado general” de Transportes Especializados Ivancar al mismo tiempo que “director general” en una subsecretaría de la Sener.
En todos los convenios firmados entre Ivancar y Pemex-Refinación aparece una declaración donde se establece que Juan Camilo Mouriño acreditó tener la personalidad jurídica desde 1998:
Acredita la personalidad y facultades del Sr. Juan Camilo Mouriño Terrazo, en su carácter de apoderado general, según testimonio de la escritura pública número 51, de fecha 7 de agosto de 1998, otorgada ante la fe Lic. Tirso René Rodríguez de la Gala Guerrero, Notario Público número 18 en Cd. de Campeche, Camp.; este testimonio quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, a fojas 111 a 113 del tomo L-B libro III, 2 Auxiliar bajo el número 9,791, en Campeche, Camp., el 10 de agosto de 1998, manifestando bajo formal protesta de decir verdad que dicho mandato no le ha sido revocado ni modificado o limitado en forma alguna.
Para el abogado Casas Lías está claro que Camilo Mouriño ocupaba en esa época el cargo de apoderado legal y de servidor público a la vez.
Al firmar los convenios, añade, el funcionario no sólo violó el Código Penal Federal, sino también la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, que en su artículo 47 les impone la obligación de “salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben ser observadas en el desempeño de su empleo, cargo o comisión”.
También violentó las fracciones I, XIII, XIV, XVI y XVIII del mismo artículo. La primera de ellas obliga a todo servidor público a “abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o deficiencia de dicho servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo”.
La fracción XIII dice que los servidores “deben excusarse de intervenir en cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tengan interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellos en los que pueda resultar algún beneficio para él o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas formen o hayan formado parte”.
Y la fracción XVI dice que el servidor público debe “desempeñar su empleo, cargo o comisión sin obtener o pretender obtener beneficios adicionales a las contraprestaciones comprobables que el Estado le otorga por el desempeño de su función, sea para él o las personas a las que se refiere la fracción XIII”.
Casas Lías se detiene en la fracción XIV y la considera de suma importancia, ya que involucra también a Felipe Calderón, que cuando se firmó el referido convenio era jefe de Mouriño, ya que era titular de la Sener.
Ahí se indica que el involucrado, en este caso Mouriño Terrazo, debe “informar por escrito al jefe inmediato y en su caso, al superior jerárquico, sobre la atención, trámite o resolución de los asuntos a que hace referencia la fracción (XIII) y que sean de su conocimiento; y observar sus instrucciones por escrito sobre su atención, tramitación y resolución, cuando el servidor público no pueda abstenerse de intervenir en ellos”.
Explica que, al no rechazar el contrato por su condición de servidor público y contratista a la vez, Mouriño debió haberle informado a Felipe Calderón sobre la violación en que incurría. Calderón debió estar al tanto de sus actos. Sin embargo, en la entrevista que dio el jueves 6 a Joaquín López Dóriga, el secretario de Gobernación dijo que Calderón no tuvo conocimiento a detalle de su participación.
Justificación amañada
En los mismos convenios, Juan Camilo Mouriño manifiesta en la cláusula 11.7, “bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra en ninguno de los supuestos del artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público”.
Pero en esto mintió, según Casas Lías. Dicho artículo señala que se abstendrán de celebrar contratos las siguientes personas:
Fracción 1: “Aquellas en que el servidor público que intervenga en cualquier etapa del procedimiento de contratación tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellas en que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o parientes… o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte durante los dos años previos a la fecha de celebración del procedimiento de contratación de que se trate”.
Al declarar que no se encuentra en ningún supuesto del artículo 50, dice el abogado, el secretario de Gobernación tenía pleno conocimiento de que no debía participar en forma alguna en la formalización de dichos documentos. No obstante, lo hizo.
La situación se agrava porque todos los contratos entre la empresa familiar de Mouriño y Pemex-Refinación, en los que él firma como apoderado legal de Ivancar, fueron adjudicados de manera directa.
La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público establece en su artículo 26 que todas las adjudicaciones serán por “regla general” a través de licitaciones públicas, pero en casos excepcionales se harán de manera directa. Y fija una serie de condiciones para que ello suceda.
En los convenios, la subsidiaria de Pemex justifica la adjudicación directa en el artículo 41, fracción III, que se refiere a casos en que “existan circunstancias que puedan provocar pérdidas o costos adicionales importantes, debidamente justificados”.
El abogado Casas Lías considera que “sería interesante saber cómo se justificó debidamente que provocaría pérdidas o costos adicionales a Pemex-Refinación si no se suscribieran los convenios con Ivancar, pues existe la Asociación de Transportistas al Servicio de Pemex, Clientes o Empresas Sustitutos A.C., que tienen más de 140 empresas que han dado ese servicio a la paraestatal”.
Adicionalmente, las adjudicaciones directas se justificaron, “según se desprende de la declaración 1.4 correspondiente a Pemex-Refinación, en un supuesto no previsto en la ley, como lo fue: ‘partiendo de la necesidad de Pemex-Refinación de cumplir con los programas normales y extraordinarios de transporte de productos de autotanque, coadyuvando en el abasto de productos en todo el territorio nacional’”.
La ley no marca ese supuesto como justificación para la adjudicación directa, refiere el abogado.
Complicidad
Los delitos penales y administrativos en que según el abogado Pablo Casas incurrió el secretario de Gobernación, involucran también a César Nava, actual secretario particular del presidente Felipe Calderón.
Nava se desempeñó de octubre de 2001 a octubre de 2003 como abogado general de Pemex. Entre sus funciones estaba la labor de supervisión y por lo tanto “él debió verificar que en los contratos no se violaba ninguna ley”.
En el mismo caso de complicidad incurrió otro integrante del grupo compacto de Calderón: Manuel Minjares, quien durante la época en que se firmó el último convenio, el 29 de diciembre de 2003, era el oficial mayor de la Secretaría de Energía y tenía la responsabilidad de “verificar y realizar toda la contratación de bienes y servicios”, como lo establecen sus funciones, publicadas en la página electrónica de la secretaría.
Al igual que el exprocurador fiscal, Gabriel Reyes Orona, Casas Lías considera que existen elementos suficientes para presentar una denuncia ante la Auditoría Superior de la Federación, a la que el artículo 79 de la Constitución faculta para “investigar los actos u omisiones que impliquen alguna irregularidad o conducta ilícita en el egreso, manejo y aplicación de fondos y recursos federales”.
Los convenios como objeto material son legales. Cualquier persona puede celebrar un contrato, el problema es el impedimento: que el contratista y el servidor público sean una misma persona. Entonces el contrato se convierte en indebido, porque quien interviene viola algunos preceptos, resume Casas.
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En seguida una colaboración tomada de La Jornada.
http://www.jornada.unam.mx/
INEGI: autonomía abortada
John M. Ackerman
“A partir de hoy… el INEGI dejará de ubicarse en la esfera del Poder Ejecutivo, dejará de ser un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y será autónomo. Nace así un nuevo órgano constitucional,” sentenció Dulce María Sauri Riancho desde la tribuna de la casona de Xicoténcatl el pasado 24 de noviembre de 2005. Emocionada, la senadora priísta celebraba el apoyo de su bancada a la reforma constitucional que convertiría el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI) en el cuarto organismo público autónomo del Estado Mexicano, equivalente al Instituto Federal Electoral (IFE), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y el Banco de México.
Hoy, más de dos años después, el nuevo INEG (ahora sin la “I” de “informática”), está a punto de nacer muerto. El PAN y el PRI en la Cámara de Diputados se aprestan a aprobar una nueva ley en materia de información estadística y geográfica que deja intacta la sujeción del instituto al presidente de la República. Este desenlace implicaría una franca violación a la Constitución, así como un grave retroceso con respecto a nuestro derecho a contar con información confiable y objetiva sobre la situación del país.
El dictamen que se votará en los próximos días incluye una serie de disposiciones que asegurarán el control del Poder Ejecutivo federal en la determinación de las estadísticas nacionales. Con la nueva ley, Felipe Calderón primero designará a todos los miembros de la junta de gobierno del INEG, después decidirá quién de entre los seleccionados fungirá como presidente de la junta, y finalmente tendrá en sus manos la atribución de despedir a cualquier integrante cuyas posiciones llegaran a ser incómodas para el gobierno. El presidente de la República gozará de la facultad de separar de su cargo a un miembro de la junta simplemente por haber “actuado deliberadamente en exceso o defecto de sus atribuciones”. Es evidente que tales disposiciones limitarán de manera importante la “autonomía” del nuevo instituto a cargo de la información estadística del país.
El nuevo Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (SNEG) será coordinado por el INEG y producirá datos oficiales para todos los poderes y niveles del Estado mexicano. Sin embargo, el Consejo Consultivo Nacional del SNEG estará diseñado al peor estilo del viejo régimen del partido del Estado al cargar los dados a favor del Poder Ejecutivo federal. En lugar de abrir el consejo a la participación democrática de las entidades federativas, los municipios y la sociedad civil, la nueva ley asegura un control total de parte de Felipe Calderón.
De los 27 integrantes del Consejo, 18 serán del gobierno federal, ya que cada una de las secretarías de Estado enviará un representante. Tanto el Poder Judicial como el Senado de la República contarán con solamente un asiento cada uno. Todas las entidades federativas de la nación serán representadas por únicamente cinco personas y los municipios estarán totalmente excluidos. El consejo podrá invitar representantes de la sociedad civil a participar en las sesiones, pero éstas no tendrían ningún papel formal o poder vinculatorio.
El dictamen también permite la inaceptable y anticonstitucional intromisión del Banco de México en la operación del INEG. De acuerdo con el dictamen, el instituto tendrá la responsabilidad de normar la producción de toda la información estadística del país, excepto la necesaria “para la conducción de la política monetaria”. Así, el Banco de México podrá seguir actuando como juez y parte al ser responsable simultáneamente de controlar la inflación y decidir cómo calcularla. Tal situación crea evidentes tentaciones para maquilar las cifras económicas de la nación.
Por si fuera poco, la nueva ley también busca crear un régimen de excepción en materia de transparencia para el INEG. De manera ilegal, el artículo 47 del dictamen borra de un plumazo la aplicación tanto de la Ley Federal de Transparencia como del artículo 6º constitucional para toda la información proporcionada por los informantes del sistema al instituto. Asimismo, el artículo 73 del dictamen impone una ley mordaza a los integrantes de la junta de gobierno, al prohibirles divulgar cualquier información en su posesión a menos que estén explícitamente autorizados por la misma ley de información estadística. Esta disposición haría ilegal una simple respuesta a una solicitud de acceso a la información en términos de la ley de transparencia.
Tal parece que la autonomía de los órganos del Estado incomoda a algunos grupos políticos. Por un lado, buscan llenar los organismos existentes, como el IFE, la CNDH y el IFAI, de amigos y cuadros leales para asegurar que no cuestionen al señor gobierno. Por otro lado, quieren evitar a toda costa el surgimiento de nuevos organismos independientes que auspicien la democratización del ejercicio del poder público. Con estas actitudes atrasadas se frena la construcción de las instituciones gubernamentales eficaces e independientes que tanto necesitamos en el país.
Lo que está en juego no es poca cosa. No sólo son las cantidades descomunales de dinero, sino la viabilidad de México. En cuanto a dinero, según la secretaria de Energía del desgobierno pirata del pelele Felipe Calderón Hinojosa, involucra al menos 300 mil millones de pesos a pagar a las transnacionales por el simple hecho de colocar las plataformas petroleras. Después se llevarán el 50 por ciento del petróleo encontrado, es decir al menos 12 mil millones de barriles aun precio actual de 80 dólares por barril. En números redondos serían 960 mil millones de dólares más lo 300 mil millones de dólares por las plataformas. ¿Dónde está el negocio para México? ¿Cuál es la alianza estratégica jugosa para el país? Ninguna.
El agravante es que empresas como Exxon o Shell necesitan ese petróleo para seguir produciendo y en lugar de aprovechar esa oportunidad, se les otorgarán todas las ganancias. ¿Si el negocio no es para México, entonces para quién? La respuesta es muy simple: para la mafia político-empresarial mexicana, como Telmex, Televisa, Tv Azteca,espurio Calderón Hinojosa, Mouriño, Beltrones, Gamboa, Labastida, Salinas de Gortari, etc.
La cobertura y protección –mafiosa- del corrupto Juan Camilo Mouriño por parte de los medios de comunicación electrónicos y los coordinadores legislativos del PRIAN es más que elocuente. Los primeros lo absolvieron sin presentar pruebas, bastó que negara la ilegalidad para que quedaran conformes ¿y el Estado de derecho? Bien gracias. Y los segundos encabezados por los priístas Gamboa y Beltrones se oponen de manera decidida a la creación de una comisión legislativa que lo investigue.
Cuando el desafuero de Andrés Manuel López Obrador, estos mismos corruptos afirmaban que el que nada debe nada teme. Ahora dicen que no son Ministerio Público, a pesar del reconocimiento de los hechos. La máxima de la ley dice que a confesión de parte relevo de pruebas, pero aquí fue al revés. Confesó y fue declarado inocente por los medios paleros.
Tan crispado está el ambiente sobre la privatización y la inocultable corrupción en todas las áreas de importancia político-económica del país que en cuanta encuesta se pregunta si el tal Mouriño es culpable y debe renunciar, por abrumadora mayoría gana el sí.
Las secuelas de la corrupción son más que evidentes. Mientras que a López Obrador y a René Bejarano los desaforaron y a uno de ellos se le llevó a juicio, a los góber precios de Oaxaca, Ulises Ruiz y al de Puebla, Mario Marín no se les tocó. En el caso de Mouriño se ponen todas trabas para impedir la investigación sobre el reconocido tráfico de influencias.
Mientras que los jueces de la Suprema Corte y los consejeros del IFE ganan de 4 a 5 millones de pesos al año, con el más reciente aumento a sus salarios, está en huelga la UAM desde hace 40 días y el trato que se le da en los medios electrónicos es de pelafustanes contarios a los intereses de la nación. El mismo trato recibe el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), y es acusado de todos los males de la empresa. Bien es cierto que forma parte de la corrupción, pero no es el origen ni el final de la misma. El proyecto del PRIAN desde hace 30 años es liquidar a la empresa, para ello no resuelve los problemas de fondo como el robo de energía eléctrica, no sólo del comercio informal, sino del formal como ha sido documentado. ¿Quién administra la empresa, el sindicato? ¡Por favor! No más cinismo
Entonces se critica que los trabajadores quieran un aumento mayor al cinco por ciento, mientras que la mafia política gana los mejoores salarios del mundo. Sí nadie en todo el planeta gana lo que los políticos transas de México. ¿Esa es la justicia? ¡Basta de simulación, democracia ya!
A continuación un reportaje tomado de la revista Proceso.
http://www.proceso.com.mx/
Los delitos y la confesión
Jesusa Cervantes
De acuerdo con un minucioso análisis jurídico, Juan Camilo Mouriño, secretario de Gobernación, confesó de hecho haber cometidos diversos delitos, al aceptar públicamente que firmó contratos con Pemex como representante legal de Ivancar, la empresa de su familia, al tiempo que se desempeñaba como servidor público. Por ellos, el hombre más estrechamente ligado al presidente Calderón podría ser sometido a juicio político y después juzgado penalmente.
Juan Camilo Mouriño Terrazo, al reconocer públicamente la veracidad de los contratos que su empresa familiar Ivancar estableció con Pemex-Refinación, aportó indicios suficientes para que sea juzgado por la violación de diversos delitos, entre ellos el “uso indebido de atribuciones y facultades”, pues contrató servicios al gobierno mientras se desempeñaba como funcionario de la Secretaría de Energía (Sener).
Pablo Casas Lías, abogado especialista en derecho penal y administrativo, llegó a esas conclusiones tras analizar los contratos entre Pemex-Refinación y Transportes Especializados Ivancar, S.A. de C.V., que el actual secretario de Gobernación firmó como apoderado legal de la empresa de su familia.
Lo importante, aclara, no es determinar si su conducta en los contratos fue “legal y ética”, como aseguró Juan Camilo Mouriño al acudir al noticiario de Joaquín López Dóriga en Televisa la noche del jueves 6, sino que “aceptó la veracidad de los documentos y, además, que quien firmó los contratos como responsable de la empresa es a la vez un servidor público y como tal está impedido. Al hacerlo violó disposiciones administrativas y penales por las cuales debe ser juzgado”.
Consultado aparte, Gabriel Reyes Orona, exprocurador fiscal de la Federación, explica que “el reconocimiento de la existencia de los contratos es un indicio o supuesto tal que hace susceptible de análisis político a las cámaras (de Diputados y Senadores) para ver si van a sujetar al funcionario a la justicia federal, es decir, para que un juez determine si hay delito. Pero antes tiene que darse un desafuero”.
Pulcro en su declaración, Reyes Orona precisa: “La responsabilidad de las cámaras es tramitar y desahogar el proceso previsto en el artículo 110 de la Constitución (juicio político), a efecto de verificar si el funcionario contratante involucrado ha incurrido o no en responsabilidad penal o administrativa. El punto es que el requisito previo es quitarle la protección constitucional al funcionario involucrado (Juan Camilo Mouriño). La autoridad judicial es la que tiene que decir si fue indebido o no, y para eso se le debe quitar la protección constitucional”.
El fundador de Casa Lías Abogados fue asesor de la segunda comisión investigadora que se formó en la Cámara de Diputados para investigar el presunto tráfico de influencias de los Bribiesca Sahagún.
En el caso de Mouriño, coincide en que hay indicios suficientes para que las cámaras lo sometan a juicio político.
Aunque puntualiza que es un juez quien debe determinarlo, desde su punto de vista incurrió en varios delitos, como el “ejercicio indebido de atribuciones y facultades”.
Para sustentar su declaración se remite al Código Penal Federal, que en su artículo 217, fracción I, inciso D, establece: “Comete el delito de uso indebido de atribuciones y facultades el servidor que indebidamente otorgue, realice o contrate obras públicas, deuda, adquisiciones, arrendamientos, enajenaciones de bienes o servicios, o colocaciones de fondos y valores con recursos económico públicos”.
Además está la fracción II, la cual señala que incurre en el uso indebido de atribuciones “toda persona que solicite o promueva la realización, el otorgamiento o la contratación indebidos de las operaciones a que hacen referencia la fracción anterior o sea parte en las mismas”.
De acuerdo con ese mismo artículo, cuando el monto de la operación exceda del equivalente de 500 veces el salario mínimo general del Distrito Federal, “se impondrá de dos años a 12 años de prisión, multa de 30 a 300 veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos a 12 años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos”.
Y en este caso está Mouriño, dice Casas.
Incluso, afirma, el secretario de Gobernación también incurrió en una falta al artículo 220 del mismo código, que define el “ejercicio abusivo de funciones”:
“Mouriño cae en el supuesto de la fracción I, que dice: ‘El servidor público que en el desempeño de su empleo o cargo o comisión, indebidamente… efectúe compras o ventas o realice cualquier acto jurídico que produzca beneficios económicos al propio servidor público, a su cónyuge, descendientes o ascendientes, parientes por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado, a cualquier tercero con el que tenga vínculos afectivos, económicos o de dependencia administrativa directa, socios o sociedades en las que el servidor público o las personas antes referidas formen parte...”
Servidor público y contratista
El 16 de febrero pasado, Ana Lilia Pérez publicó en la revista Contralínea, que dirige Miguel Badillo, 10 contratos que Transportes Especializados Ivancar, S.A. de C.V., firmó con Pemex-Refinación entre diciembre de 2000 y diciembre de 2004.
El domingo 24, Andrés Manuel López Obrador entregó a los legisladores del Frente Amplio Progresista (FAP) un expediente con los contratos firmados por Mouriño. Cuatro días después el periódico El Universal publicó con detalles los documentos entregados a los coordinadores legislativos del PRD. Y en una primera declaración, el secretario de Gobernación dijo en Los Cabos, el 29 de febrero, que López Obrador, su acusador, era “mezquino y doloso”.
El pasado jueves 6, el secretario de Gobernación reconoció la existencia de dichos contratos, en los cuales él firma en su calidad de “apoderado legal” de la empresa familiar Ivancar.
De 1997 a 2000 Mouriño fue diputado local en el estado de Campeche, de 2000 a 2003 fue diputado federal y presidente de la Comisión de Energía de la Cámara de Diputados y del 16 de octubre de 2003 al 24 de marzo de 2004 fue “director general” en la Subsecretaría de Política Energética y Desarrollo Tecnológico de la Secretaría de Energía; su jefe era el secretario Felipe Calderón Hinojosa. Del 24 de marzo al 30 de septiembre de 2004, Mouriño se desempeñó como subsecretario de Electricidad en la misma dependencia.
Todos estos datos fueron aportados por él en sus declaraciones patrimoniales, que aparecen en la página electrónica de la Secretaría de la Función Pública.
El abogado Casas Lías explica que en el artículo 108 constitucional, título cuarto, relativo a las responsabilidades de los servidores públicos, “se considera como tales a los representantes de elección popular, a los miembros del Poder Judicial Federal y del Poder Judicial del Distrito Federal, los funcionarios y empleados y, en general, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el Congreso de la Unión, en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal o en la Administración Pública Federal”.
Eso significa que desde 1997 Juan Camilo Mouriño Terrazo ha sido funcionario público.
Y como se aprecia en el “convenio de prestación de servicios de transporte terrestre por autotanque para la aplicación de transporte dedicado” número GTT-00142-01/2004 –firmado el 29 de diciembre de 2003 y con vigencia del 1 de enero al 31 de diciembre de 2004–, Mouriño era “apoderado general” de Transportes Especializados Ivancar al mismo tiempo que “director general” en una subsecretaría de la Sener.
En todos los convenios firmados entre Ivancar y Pemex-Refinación aparece una declaración donde se establece que Juan Camilo Mouriño acreditó tener la personalidad jurídica desde 1998:
Acredita la personalidad y facultades del Sr. Juan Camilo Mouriño Terrazo, en su carácter de apoderado general, según testimonio de la escritura pública número 51, de fecha 7 de agosto de 1998, otorgada ante la fe Lic. Tirso René Rodríguez de la Gala Guerrero, Notario Público número 18 en Cd. de Campeche, Camp.; este testimonio quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, a fojas 111 a 113 del tomo L-B libro III, 2 Auxiliar bajo el número 9,791, en Campeche, Camp., el 10 de agosto de 1998, manifestando bajo formal protesta de decir verdad que dicho mandato no le ha sido revocado ni modificado o limitado en forma alguna.
Para el abogado Casas Lías está claro que Camilo Mouriño ocupaba en esa época el cargo de apoderado legal y de servidor público a la vez.
Al firmar los convenios, añade, el funcionario no sólo violó el Código Penal Federal, sino también la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, que en su artículo 47 les impone la obligación de “salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben ser observadas en el desempeño de su empleo, cargo o comisión”.
También violentó las fracciones I, XIII, XIV, XVI y XVIII del mismo artículo. La primera de ellas obliga a todo servidor público a “abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o deficiencia de dicho servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo”.
La fracción XIII dice que los servidores “deben excusarse de intervenir en cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tengan interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellos en los que pueda resultar algún beneficio para él o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas formen o hayan formado parte”.
Y la fracción XVI dice que el servidor público debe “desempeñar su empleo, cargo o comisión sin obtener o pretender obtener beneficios adicionales a las contraprestaciones comprobables que el Estado le otorga por el desempeño de su función, sea para él o las personas a las que se refiere la fracción XIII”.
Casas Lías se detiene en la fracción XIV y la considera de suma importancia, ya que involucra también a Felipe Calderón, que cuando se firmó el referido convenio era jefe de Mouriño, ya que era titular de la Sener.
Ahí se indica que el involucrado, en este caso Mouriño Terrazo, debe “informar por escrito al jefe inmediato y en su caso, al superior jerárquico, sobre la atención, trámite o resolución de los asuntos a que hace referencia la fracción (XIII) y que sean de su conocimiento; y observar sus instrucciones por escrito sobre su atención, tramitación y resolución, cuando el servidor público no pueda abstenerse de intervenir en ellos”.
Explica que, al no rechazar el contrato por su condición de servidor público y contratista a la vez, Mouriño debió haberle informado a Felipe Calderón sobre la violación en que incurría. Calderón debió estar al tanto de sus actos. Sin embargo, en la entrevista que dio el jueves 6 a Joaquín López Dóriga, el secretario de Gobernación dijo que Calderón no tuvo conocimiento a detalle de su participación.
Justificación amañada
En los mismos convenios, Juan Camilo Mouriño manifiesta en la cláusula 11.7, “bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra en ninguno de los supuestos del artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público”.
Pero en esto mintió, según Casas Lías. Dicho artículo señala que se abstendrán de celebrar contratos las siguientes personas:
Fracción 1: “Aquellas en que el servidor público que intervenga en cualquier etapa del procedimiento de contratación tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellas en que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o parientes… o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte durante los dos años previos a la fecha de celebración del procedimiento de contratación de que se trate”.
Al declarar que no se encuentra en ningún supuesto del artículo 50, dice el abogado, el secretario de Gobernación tenía pleno conocimiento de que no debía participar en forma alguna en la formalización de dichos documentos. No obstante, lo hizo.
La situación se agrava porque todos los contratos entre la empresa familiar de Mouriño y Pemex-Refinación, en los que él firma como apoderado legal de Ivancar, fueron adjudicados de manera directa.
La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público establece en su artículo 26 que todas las adjudicaciones serán por “regla general” a través de licitaciones públicas, pero en casos excepcionales se harán de manera directa. Y fija una serie de condiciones para que ello suceda.
En los convenios, la subsidiaria de Pemex justifica la adjudicación directa en el artículo 41, fracción III, que se refiere a casos en que “existan circunstancias que puedan provocar pérdidas o costos adicionales importantes, debidamente justificados”.
El abogado Casas Lías considera que “sería interesante saber cómo se justificó debidamente que provocaría pérdidas o costos adicionales a Pemex-Refinación si no se suscribieran los convenios con Ivancar, pues existe la Asociación de Transportistas al Servicio de Pemex, Clientes o Empresas Sustitutos A.C., que tienen más de 140 empresas que han dado ese servicio a la paraestatal”.
Adicionalmente, las adjudicaciones directas se justificaron, “según se desprende de la declaración 1.4 correspondiente a Pemex-Refinación, en un supuesto no previsto en la ley, como lo fue: ‘partiendo de la necesidad de Pemex-Refinación de cumplir con los programas normales y extraordinarios de transporte de productos de autotanque, coadyuvando en el abasto de productos en todo el territorio nacional’”.
La ley no marca ese supuesto como justificación para la adjudicación directa, refiere el abogado.
Complicidad
Los delitos penales y administrativos en que según el abogado Pablo Casas incurrió el secretario de Gobernación, involucran también a César Nava, actual secretario particular del presidente Felipe Calderón.
Nava se desempeñó de octubre de 2001 a octubre de 2003 como abogado general de Pemex. Entre sus funciones estaba la labor de supervisión y por lo tanto “él debió verificar que en los contratos no se violaba ninguna ley”.
En el mismo caso de complicidad incurrió otro integrante del grupo compacto de Calderón: Manuel Minjares, quien durante la época en que se firmó el último convenio, el 29 de diciembre de 2003, era el oficial mayor de la Secretaría de Energía y tenía la responsabilidad de “verificar y realizar toda la contratación de bienes y servicios”, como lo establecen sus funciones, publicadas en la página electrónica de la secretaría.
Al igual que el exprocurador fiscal, Gabriel Reyes Orona, Casas Lías considera que existen elementos suficientes para presentar una denuncia ante la Auditoría Superior de la Federación, a la que el artículo 79 de la Constitución faculta para “investigar los actos u omisiones que impliquen alguna irregularidad o conducta ilícita en el egreso, manejo y aplicación de fondos y recursos federales”.
Los convenios como objeto material son legales. Cualquier persona puede celebrar un contrato, el problema es el impedimento: que el contratista y el servidor público sean una misma persona. Entonces el contrato se convierte en indebido, porque quien interviene viola algunos preceptos, resume Casas.
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En seguida una colaboración tomada de La Jornada.
http://www.jornada.unam.mx/
INEGI: autonomía abortada
John M. Ackerman
“A partir de hoy… el INEGI dejará de ubicarse en la esfera del Poder Ejecutivo, dejará de ser un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y será autónomo. Nace así un nuevo órgano constitucional,” sentenció Dulce María Sauri Riancho desde la tribuna de la casona de Xicoténcatl el pasado 24 de noviembre de 2005. Emocionada, la senadora priísta celebraba el apoyo de su bancada a la reforma constitucional que convertiría el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI) en el cuarto organismo público autónomo del Estado Mexicano, equivalente al Instituto Federal Electoral (IFE), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y el Banco de México.
Hoy, más de dos años después, el nuevo INEG (ahora sin la “I” de “informática”), está a punto de nacer muerto. El PAN y el PRI en la Cámara de Diputados se aprestan a aprobar una nueva ley en materia de información estadística y geográfica que deja intacta la sujeción del instituto al presidente de la República. Este desenlace implicaría una franca violación a la Constitución, así como un grave retroceso con respecto a nuestro derecho a contar con información confiable y objetiva sobre la situación del país.
El dictamen que se votará en los próximos días incluye una serie de disposiciones que asegurarán el control del Poder Ejecutivo federal en la determinación de las estadísticas nacionales. Con la nueva ley, Felipe Calderón primero designará a todos los miembros de la junta de gobierno del INEG, después decidirá quién de entre los seleccionados fungirá como presidente de la junta, y finalmente tendrá en sus manos la atribución de despedir a cualquier integrante cuyas posiciones llegaran a ser incómodas para el gobierno. El presidente de la República gozará de la facultad de separar de su cargo a un miembro de la junta simplemente por haber “actuado deliberadamente en exceso o defecto de sus atribuciones”. Es evidente que tales disposiciones limitarán de manera importante la “autonomía” del nuevo instituto a cargo de la información estadística del país.
El nuevo Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (SNEG) será coordinado por el INEG y producirá datos oficiales para todos los poderes y niveles del Estado mexicano. Sin embargo, el Consejo Consultivo Nacional del SNEG estará diseñado al peor estilo del viejo régimen del partido del Estado al cargar los dados a favor del Poder Ejecutivo federal. En lugar de abrir el consejo a la participación democrática de las entidades federativas, los municipios y la sociedad civil, la nueva ley asegura un control total de parte de Felipe Calderón.
De los 27 integrantes del Consejo, 18 serán del gobierno federal, ya que cada una de las secretarías de Estado enviará un representante. Tanto el Poder Judicial como el Senado de la República contarán con solamente un asiento cada uno. Todas las entidades federativas de la nación serán representadas por únicamente cinco personas y los municipios estarán totalmente excluidos. El consejo podrá invitar representantes de la sociedad civil a participar en las sesiones, pero éstas no tendrían ningún papel formal o poder vinculatorio.
El dictamen también permite la inaceptable y anticonstitucional intromisión del Banco de México en la operación del INEG. De acuerdo con el dictamen, el instituto tendrá la responsabilidad de normar la producción de toda la información estadística del país, excepto la necesaria “para la conducción de la política monetaria”. Así, el Banco de México podrá seguir actuando como juez y parte al ser responsable simultáneamente de controlar la inflación y decidir cómo calcularla. Tal situación crea evidentes tentaciones para maquilar las cifras económicas de la nación.
Por si fuera poco, la nueva ley también busca crear un régimen de excepción en materia de transparencia para el INEG. De manera ilegal, el artículo 47 del dictamen borra de un plumazo la aplicación tanto de la Ley Federal de Transparencia como del artículo 6º constitucional para toda la información proporcionada por los informantes del sistema al instituto. Asimismo, el artículo 73 del dictamen impone una ley mordaza a los integrantes de la junta de gobierno, al prohibirles divulgar cualquier información en su posesión a menos que estén explícitamente autorizados por la misma ley de información estadística. Esta disposición haría ilegal una simple respuesta a una solicitud de acceso a la información en términos de la ley de transparencia.
Tal parece que la autonomía de los órganos del Estado incomoda a algunos grupos políticos. Por un lado, buscan llenar los organismos existentes, como el IFE, la CNDH y el IFAI, de amigos y cuadros leales para asegurar que no cuestionen al señor gobierno. Por otro lado, quieren evitar a toda costa el surgimiento de nuevos organismos independientes que auspicien la democratización del ejercicio del poder público. Con estas actitudes atrasadas se frena la construcción de las instituciones gubernamentales eficaces e independientes que tanto necesitamos en el país.
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